El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha emitido un auto con el que responde a la petición de la defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero y considera que, de momento, no es pertinente ampliar la comisión rogatoria enviada a EEUU para obtener más información sobre la clonación del móvil del empresario Rodolfo Reyes.

Esta decisión del magistrado llega después de que el pasado 5 de junio Calama enviara a Estados Unidos una solicitud de cooperación internacional  en aras de recibir el consentimiento de las autoridades judiciales para usar el contenido de Reyes en un supuesto juicio. Unos datos que, entre otras cosas, resultaron claves en la imputación del expresidente del Gobierno, así como para ordenar la entrada y registro de su oficina. Bajo este marco, fue la defensa de Zapatero, el abogado Víctor Moreno, quién expresó al juez a través de un escrito sus dudas sobre la obtención y la custodia del contenido del móvil del empresario venezolano.

En esta línea, el letrado solicitó que se reclamara a Estados Unidos la resolución que permitió la incautación y el clonado del teléfono, así como los detalles del procedimiento abierto contra Reyes. Entre otras cosas, pedía conocer qué autoridad fue la que realizó el volcado del teléfono, qué software se empleó, así como que se aportaran los mecanismos de verificación con los que se pudiera determinar si las conversaciones sufrieron algún tipo de manipulación. Pese a ello, ahora el juez Calama explica que mientras que Estados Unidos no autorice que el contenido se pueda utilizar como fuente de prueba, "no es posible efectuar una valoración fundada" de la necesidad de esas peticiones de la defensa.

El juez desestima diligencias solicitadas por el PP

En otro orden de cosas, en el auto Calama también desestima algunas diligencias solicitadas por la acusación popular unificada liderada por el PP, entre ellas la citación como investigados del exministro de Transportes José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García o la del exsecretario de Estado de Transportes Pedro Saura, en su caso como testigo.

De esta forma, el magistrado de la Audiencia Nacional descarta también la pretensión de la acusación popular de imponer una fianza por el importe de la deuda impagada por Plus Ultra, aduciendo que la solicitud parte de "un presupuesto jurídico incorrecto". Argumenta que la investigación no tiene por objeto "el procedimiento administrativo de concesión de la ayuda pública" de 53 millones de euros a Plus Ultra, como tampoco la "regularidad del funcionamiento" del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, "sino la conductas concretas que pudieron influir en la concesión de dicha ayuda en tanto pudieran ser constitutivas de tráfico de influencias".

"La solicitud de las acusaciones populares excede el ámbito de su legitimación procesal: no pueden reclamar restituciones, reparaciones o indemnizaciones, ni pueden, en consecuencia, instar embargos, fianzas o cualquier otra medida cautelar real", zanja. No obstante, avanza que adopta estas medidas sin perjuicio de poder valorar su pertinencia, utilidad y necesidad conforme avance la instrucción del caso, que se encuentra en una fase incipiente.

Las hijas y la secretaria, imputadas

Por otra parte, el magistrado ha acordado imputar a las hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, Alba y Laura Rodríguez, así como a su secretaria, Gertrudis Alcázar.

A través de un auto de este jueves, el magistrado instructor pone las actuaciones en conocimiento de las tres para que "puedan personarse en el procedimiento en calidad de investigadas y poder ejercer su derecho de defensa" en la causa sobre presuntas irregularidades con el rescate de la aerolínea Plus Ultra, a quien el Gobierno concedió un préstamo de 53 millones de euros en pandemia.

Toma esa decisión a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, que pidió que tomase declaración a las hijas y a la secretaria del expresidente del Gobierno en calidad de investigadas. Calama recuerda que ambas hijas son administradoras solidarias de la empresa What The Fav, "vinculada indiciariamente al entramado investigado, lo que determina, por sí mismo, la procedencia de su citación en calidad de investigadas".

"La investigación atribuye a dicha sociedad un papel instrumental en la canalización, ocultación o facilitación de operaciones relevantes para los hechos objeto del procedimiento, y esa mera constatación objetiva sitúa a sus administradoras en el círculo de personas potencialmente afectadas por la imputación, en cuanto titular de la representación orgánica y responsable de la dirección jurídica de la entidad", indica.

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