La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia por dos infracciones diferentes de la legislación sobre medio ambiente. En primer lugar, por la mala gestión de los residuos al mantener abiertos muchos vertederos pese a las advertencias de que incumplía la legislación de la UE pertinente. El segundo asunto, la línea del AVE entre Sevilla y Almería que no cuenta con evaluación de impacto ambiental y que puede suponer una amenaza para una población de aves protegidas.

Ante el Tribunal
Añade la Comisión Europea que  “en un esfuerzo por instar a España a rectificar, la Comisión ha remitido los dos casos al Tribunal de Justicia de la UE, a recomendación del Comisario responsable del medio ambiente, Janez Potočnik”

Residuos ilegales
La Directiva relativa al vertido de residuos establece un conjunto de normas sobre los vertederos para prevenir sus efectos negativos para la salud humana, el agua, el suelo y el aire. De acuerdo con la Directiva, “los vertederos que estaban en funcionamiento en 2001 debían haber cesado sus operaciones a más tardar el 16 de julio de 2009, salvo que cumplieran las normas de la UE destinadas a garantizar su funcionamiento seguro”.

28 vertederos infractores
“Según la información más reciente de que dispone la Comisión, casi cinco años después de expirado el plazo para el cese de sus operaciones, en España siguen en funcionamiento veintiocho vertederos que infringen la normativa, y otros tres siguen pendientes de renovación para adaptarse a la legislación vigente”, continúa el comunicado que explica que la intención es la de lograr su cierre y adaptación respectivamente.

Solo vertidos controlados
De acuerdo con la legislación de la UE, en Europa solo pueden realizarse operaciones de vertido seguras y controladas. La Directiva relativa al vertido de residuos establece un conjunto de normas para proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos negativos de la recogida, el transporte, el almacenamiento, el tratamiento y la eliminación de residuos para prevenir o reducir en la medida de lo posible las repercusiones negativas.

El AVE Sevilla-Almería
El segundo caso sometido al Tribunal “se refiere a una línea ferroviaria de alta velocidad, aún en fase de construcción, que ha tenido graves repercusiones en las Campiñas de Sevilla, una zona de gran importancia para la conservación de las aves que está protegida por la legislación, tanto española como de la UE”.

España no protegió  la zona
Destaca la CE : “Pese a que numerosas pruebas científicas avalaban desde hacía tiempo la importancia de esta zona, España no otorgó el estatus de zona de protección especial hasta que el Tribunal de Justicia de la UE dictó sentencia al respecto, y para entonces ya se había autorizado la sección correspondiente del proyecto ferroviario Sevilla-Almería y habían comenzado las obras de construcción”.

Deterioro del hábitat
“Como consecuencia de ese retraso – continúa el comunicado-  el procedimiento relativo al impacto ambiental del proyecto no tuvo debidamente en cuenta su estatus de zona de protección ni las especies que alberga. Ahora resulta evidente que, tal y como se presentó, el proyecto no habría debido aprobarse, ya que está causando un deterioro del hábitat y una perturbación de las aves protegidas”.

Sin reparar el daño
Para la Comisión esta situación podría acentuarse “si la línea ferroviaria de alta velocidad se pusiera en funcionamiento. Además, la Comisión considera que España no ha adoptado las medidas necesarias para reparar el daño causado y, por consiguiente, ha llevado el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE”.

Evaluar el impacto ambiental
La Directiva sobre las evaluaciones de impacto ambiental lleva en vigor desde 1985 y se aplica a una extensa gama de proyectos públicos y privados claramente definidos. Su principio fundamental consiste en garantizar que antes de adoptarse una decisión se tomen en consideración sus repercusiones para el medio ambiente.

Directivas de protección
Para la Comisión también son pertinentes en este caso la Directiva de aves, que obliga a los Estados miembros a evitar el deterioro de los hábitats y la perturbación de las aves. Recuerda el organismo europeo que “Campiñas de Sevilla está clasificada en el plano internacional como como zona de protección con arreglo a la Directiva sobre las aves y como Zona de Especial Protección para las Aves con arreglo a la legislación española”.

No perturbar a las aves
También se debe considerar, dicen,  la Directiva de hábitats, que obliga a los Estados miembros “a adoptar medidas adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de determinadas especies, así como la perturbación de las especies cuya protección deben garantizar las zonas designadas”.

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