J.C.R ha sido juzgado esta semana en el Tribunal MilitarTerritorial Primero de Madrid por un presunto delito de desobediencia. La Fiscalía pedía un año de cárcel para este agente con 30 años de servicio a sus espaldas y ninguna sanción disciplinaria ni penal.

Los hechos sucedieron en 2019 cuando estaba destinado en Murcia, ahora lo está en Almería. y prestaba servicio de recogida de denuncias en horario nocturno en el Cuartel de Cartagena. Un oficial le comentó que debía dejar el trabajo que estaba desarrollando para convertirse en su conductor e ir a “vigilar” al resto de compañeros que también trabajaban. Entonces, este agente, "sin negarse a cumplir la orden", especifican a ELPLURAL.COM desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), objetó que "tenía mucho trabajo de instrucción de diligencias", lo que llevó a su superior a requerir a otro guardia civil del cuartel que le acompañara. 

J.C.R. podía haber acabado todo un año encerrado en la prisión militar de Alcalá-Meco "por un simple malentendido laboral", detacan desde esta agrupación, "por un desacuerdo dentro del ámbito de las funciones estrictamente profesionales, sin mediar siquiera incidente verbal alguno".

Desde AUGC precisan que lo ocurrido "fue creciendo como bola de nieve". "Inicialmente no se consideró grave el hecho, ya que el teniente denunció una falta leve al Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, pero sus superiores elevaron su calificación primero a falta grave, después a muy grave y finamente a delito militar de desobediencia", explican. 

Por fortuna, el Tribunal Militar Territorial Primero ha dictado sentencia in voce absolviendo a este guardia civil del delito militar de desobediencia. "Al prestar declaración, tanto el acusado, como los testigos", explica la letrada de AUGC-Murcia, "el Fiscal Militar reconsideró su postura inicial y decidió retirar la acusación, lo que condujo a la absolución por parte del Tribunal".

Sin embargo, aunque supone un alivio, no resarce de lo sufrido durante estos más de cinco años con la instrucción de un sumario militar.  "Ha visto cómo su carrera profesional y su vida familiar se han truncado", destacan desde AUGC, que aseguran que él "se ha mantenido siempre fuerte, sin cursar baja médica ni plantearse cambiar de profesión", pero que su familia "ha sufrido mucho, pensando que podían quedarse sin medio de vida y con su padre y marido en la cárcel". 

Asimismo, alertan, es "muy posible", que la Administración reabra el expediente disciplinario por falta muy grave que quedó suspendido en su día como consecuencia del procedimiento penal.

Una aplicación abusiva del Código

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) hace tiempo que viene denunciando la aplicación abusiva del Código Penal Militar a los Guardias Civiles por simples infracciones. "Periódicamente tenemos que lamentar su aplicación arbitraria a uno de nuestros agentes", lamentan.

Por ello, reclaman que no se aplique este código a los guardias civiles en el ejercicio de sus funciones policialea. "La Guardia Civil es un cuerpo policial, y nuestras misiones suponen prácticamente el 99% de nuestro trabajo", relcan desde esta agrupación.

En realidad, el Código Penal Militar dejó de aplicarse a los guardias civiles en 2007. Entonces, y hasta 2016, únicamente se podía aplicar a los trabajadores del Cuerpo en las situaciones que figuraban reguladas en el Real Decreto 1438/2010, de 5 de noviembre, que incluían estado de sitio, conflicto armado, misiones militares en el extranjero o mientras estuvieran integrados en unidades de las Fuerzas Armadas.

Con la reforma que se llevó a cabo hace nueve años, se recuperó la aplicación completa del Código Penal Militar. "Supuso un enorme paso atrás en los derechos de los guardias civiles y en el avance del Cuerpo hacia su modernización", enfatizan desde AUGC, al tiempo que aclaran que "no se trata de desmilitarizar la Guardia Civil, como indican los detractores de este cambio, sino de aplicar el Código Penal Militar a los guardias civiles solo en misiones militares y no en las de seguridad ciudadana".

En este sentido, apuntan, además, que es "muy habitual" que haya desproporción entre lo ocurrido y los hechos denunciados. "Se califican como posible delito militar situaciones del servicio que no pasan de ser infracciones al Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, elevando artificialmente el castigo y desde luego la agonía que sufren los enjuiciados", afirman.  

Desde AUGC esperan que las cosas puedan cambiar este año, después de que SUMAR haya presentado una Proposición de Ley sobre la modificación de la Ley Orgánica 14/2025, de 14 de octubre, del Código Penal Militar (Orgánica). Eso sí, la norma precisa de la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, por lo que desde la asociación de guardias civiles trabajan para hacer entender a las diferentes formaciones políticas lo injusto de la ley actual. "Prácticamente todos los partidos políticos han acogido esta iniciativa como razonable", cuentan, por lo que confían en que pueda salir adelante. 

De hacerlo, "las infracciones disciplinarias se continuarían juzgando por el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, los delitos ordinarios por el Código Penal y los delitos cometidos en el ámbito militar o misiones militares exclusivamente por el Código Penal Militar", resumen desde AUGC, al tiempo que enfatizan que "ninguna conducta irregular quedaría sin ser juzgada".

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