En un escenario donde el acceso a la vivienda es cada vez más precario y limitado, poder pagar el alquiler se presenta como un auténtico desafío para la mayoría de los españoles. Debido a esta situación de desigualdad se han implementado por parte de los gobiernos regionales y autonómicos diversas iniciativas destinadas a ayudar a los ciudadanos a combatir el alto costo de las viviendas, en el marco del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 promovido por el Gobierno central.

Entre estas medidas, destaca en la Comunidad de Madrid (CAM) el programa de subsidios al alquiler, pensado sobre todo para personas jóvenes, que busca aliviar la enorme carga económica que supone en la actualidad arrendar un inmueble en la región con los precios más elevados de todo el territorio nacional. A continuación puedes consultar todo el proceso que hay que llevar a cabo para solicitar el Bono Alquiler Joven y el Programa de Ayudas al Alquiler de la CAM, incluyendo los requisitos, los plazos, las condiciones y la cuantías que se otorgan con estas ayudas.

¿Cómo se solicitan y cuál es la fecha límite?

Lo principal, para aquellos interesados en obtener el Bono Alquiler Joven y las Ayudas al Alquiler en la Comunidad de Madrid, es conocer los plazos para solicitar estos subsidios. El 1 de noviembre se abría el plazo de solicitud, siendo la fecha límite para acceder a estas ayudas el 15 de diciembre de este año 2023. En definitiva, los ciudadanos que opten a las subvenciones de la CAM, tendrán un mes de y medio de plazo total para presentar sus solicitudes, que serán admitidas siempre y cuando se cumplan los requisitos que explicaremos unas líneas más abajo.

Con respecto a la forma en la que ha de presentarse dicha solicitud, los habitantes de la Comunidad de Madrid tendrán dos opciones: de manera telemática, a través de la sede electrónica de la CAM o acudiendo en persona a la oficina de registro y atención al ciudadano que elija, siempre y cuando se pida cita previa. En ambos casos, el solicitante tendrá que presentar la documentación necesaria y el modelo oficial de solicitud.

Documentos que se deben aportar junto a la solicitud:

  1. El contrato de alquiler.
  2. El certificado de empadronamiento colectivo/familiar e histórico.
  3. La copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal.
  4. La declaración del IRPF u otra documentación justificativa de los ingresos anuales de 2021.
  5. Documentación acreditativa de los diferentes grupos que pueden beneficiarse de la subvención:
    • Copia del libro de familia en unidades monoparentales con cargas familiares.
    • Documentación acreditativa como víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
    • Dictamen técnico facultativo del tipo de discapacidad.
    • Certificado del Servicio Público de Empleo que acredite que todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de edad han agotado la prestación por desempleo y se encuentran en situación de desempleo.
  6. Documentación de los jóvenes (si es necesaria):
    • Documentación acreditativa como hijo o hija de víctima de violencia de género.
    • Dictamen técnico facultativo del tipo de discapacidad.

¿Quién puede solicitarlas? estos son todos los requisitos

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas mayores de edad que tengan un contrato de alquiler a su nombre, o aquellos que dentro del programa de ayuda dirigido a jóvenes estén en condiciones de firmar un contrato. La vivienda o habitación que se vaya a alquilar debe ser, o estar destinada a ser, su lugar de residencia habitual y permanente, y los arrendatarios deben formar parte de uno de los siguientes grupos

  • Familias numerosas.
  • Familias monoparentales con cargas familiares.
  • Unidades de convivencia con víctimas acreditadas de violencia de género o terrorismo.
  • Unidades de convivencia con miembros con discapacidad.
  • Unidades de convivencia con todos los miembros en situación de desempleo que hayan agotado prestaciones.
  • Unidades de convivencia con todos sus miembros mayores de 65 años.

Como ocurre con el resto de ayudas estatales, regionales o municipales, el acceso a estas subvenciones está sujeto a otros requisitos que los solicitantes deben cumplir, a parte de los anteriormente mencionados:

  1. No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España.
  2. No ser familiar del arrendador.
  3. No ser socio del arrendador, exceptuando que se trate de cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro.
  4. No haber sido rechazado en otro proceso de solicitud de ayudas de un Plan de Vivienda anterior.
  5. En el caso del Bono Alquiler Joven, el solicitante ha de tener menos de 35 años.
  6. Que la vivienda tenga un precio de 600 euros mensuales o menos en el caso de una casa completa, y de 300 euros mensuales o menos en el caso de una habitación. 
  7. Que la vivienda tenga un precio de hasta 900 euros y 450 euros respectivamente en el caso de ser familia numerosa o cuando la vivienda se alquile en uno de los siguientes municipios:
  • Alcalá de Henares.
  • Alcobendas.
  • Alcorcón.
  • Algete.
  • Arroyomolinos.
  • Boadilla del Monte.
  • Getafe.
  • Collado Villalba.
  • Coslada.
  • Fuenlabrada.
  • Galapagar.
  • Las Rozas.
  • Leganés.
  • Madrid.
  • Majadahonda.
  • Móstoles.
  • Parla.
  • Pinto.
  • Pozuelo de Alarcón.
  • Rivas-Vaciamadrid.
  • San Fernando de Henares.
  • San Sebastián de los Reyes.
  • Torrejón de Ardoz.
  • Torrelodones.
  • Tres Cantos.
  • Valdemoro.
  • Villanueva de la Cañada.
  • Villanueva del Pardillo.
  • Villaviciosa de Odón.

Cuando los solicitantes pertenezcan a sectores de población que cuentan con escasos recursos económicos, han de tener presente que para solicitar estas ayudas existe un límite máximo de ingresos anuales por unidad de convivencia:

  • Los ingresos han de ser menores o iguales a 3 veces el IPREM.
  • Los ingresos han de ser menores o iguales a 4 veces el IPREM en familias numerosas y en unidades de convivencia con personas con discapacidad o víctimas de terrorismo.
  • Los ingresos han de ser menores o iguales a 5 veces el IPREM en familias numerosas de categoría especial y en unidades de convivencia con personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.

Los requisitos para accedes a estas ayudas económicas también contemplan los ingresos mínimos de la unidad de convivencia.

  1. En el caso de las familias numerosas, las unidades de convivencia formada por personas víctimas de terrorismo, las unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad y las u nidades de convivencia con todos los miembros mayores de 65 años, el ingreso mínimo deberá ser 0,50 veces el IPREM.
  2. Para el resto de colectivos los ingresos mínimos serán igual o superiores a 0.

La cuantía que se otorga 

Si el solicitante cumple con los requisitos necesarios y tras haber presentado correctamente la solicitud, será beneficiario del Programa de Ayudas al Alquiler de la Comunidad de Madrid, que otorgan una cuantía del 50 % de la renta o precio mensual del alquiler que deba abonar el arrendatario.

En el caso del Bono Alquiler Joven, el subsidio otorgado será de hasta 250 euros mensuales, una suma que se concederá durante un periodo de dos años, lo que suma un total de 6.000 euros.