Israel ha blindado por ley un nuevo escalón de su apartheid legal en la Cisjordania ocupada. La Knesset aprobó este lunes una reforma que facilita la pena de muerte para los palestinos juzgados en tribunales militares, mientras los israelíes, incluidos los colonos, seguirán bajo la justicia civil. La norma permite condenar por mayoría simple, elimina la apelación y prevé ejecuciones por ahorcamiento y en secreto en un plazo de 90 días. No es sólo un endurecimiento penal. Es la consolidación de dos sistemas judiciales distintos según quién sea el acusado.
La votación salió adelante por 64 votos frente a 48, tras casi doce horas de debate, y llevó la firma política del ministro de Seguridad Nacional, el ultra Itamar Ben Gvir, principal impulsor de la llamada Ley de Pena de Muerte para Terroristas. El texto acabó recibiendo el respaldo del Likud de Benjamin Netanyahu, presente en la votación, del opositor Yisrael Beitenu y de los partidos ultraortodoxos Shas y Judaísmo Unido de la Torá. Ben Gvir celebró el resultado como una jornada de “justicia” y “disuasión”, y resumió el espíritu de la reforma con una frase que despeja cualquier duda sobre su lógica: “Quien elige el terrorismo, elige la muerte”.
Ese mensaje político encuentra su traducción más nítida en el diseño de la ley. Sobre el papel, la norma se presenta como una herramienta general contra el terrorismo. En la práctica, su alcance apunta a una sola población. El texto se aplicará en los tribunales militares de Cisjordania, donde sólo son juzgados palestinos. Los israelíes, incluso cuando viven en asentamientos dentro del territorio ocupado, seguirán bajo la jurisdicción de los tribunales civiles. La fractura legal no se oculta: forma parte del mecanismo.
Una ley hecha para un solo acusado
Hay otro elemento que afina todavía más esa dirección. Uno de los artículos de la reforma establece que la pena de muerte podrá imponerse a quien “cause intencionadamente la muerte de una persona con el objeto de negar la existencia del Estado de Israel”. La redacción no es neutra. Deja fuera, en la práctica, a cualquier autor de creencias sionistas, incluso si ha cometido hechos de gravedad similar. La norma se viste de universalidad, pero selecciona por definición política, por territorio y por sistema judicial.
La novedad no está sólo en que la pena capital aparezca en la ley. Está en cómo se allana su aplicación. Hasta ahora, una condena de ese calibre exigía unanimidad judicial. La reforma derriba ese muro. Bastará una mayoría simple del tribunal. El cambio parece técnico, pero no lo es. Rebaja el umbral para imponer la sanción máxima. Reduce el peso de la duda. Achica el espacio de contención dentro del propio tribunal. La muerte deja de ser una salida extrema y pasa a quedar al alcance de una mayoría.
A eso se suma otro recorte todavía más severo: la ley elimina el derecho de apelación. La revisión judicial queda fuera de juego justo en el punto más grave del proceso. El condenado tendrá por delante un margen mínimo para frenar la ejecución. La norma limita además de forma muy fuerte la discreción de los jueces y deja la cadena perpetua como una excepción reservada a los casos en los que el tribunal aprecie “razones especiales”. La lógica también se invierte ahí. Ya no se trata de decidir si la pena máxima cabe. Se parte de ella y se deja la conmutación como salida excepcional.
La ley concreta incluso el tramo final del castigo. La ejecución se llevará a cabo por ahorcamiento, en secreto y en un plazo de 90 días. El primer ministro podrá pedir un aplazamiento, pero sólo hasta un máximo de 180 días. Los condenados quedarán además sometidos a un régimen de casi total aislamiento. El texto no se limita a elevar el tono penal. Ordena el procedimiento hasta su último detalle. Determina quién puede ser condenado, con qué mayoría, sin qué recurso y en qué plazo debe morir.
Ese endurecimiento cae sobre una estructura judicial ya señalada desde hace años por organizaciones de derechos humanos. Los tribunales militares que operan en la Cisjordania ocupada no son una instancia ordinaria. Son una pieza central del dispositivo de ocupación. B’Tselem ha denunciado en varias ocasiones que presentan una tasa de condena cercana al 96% y que buena parte de sus procesos se apoya en confesiones obtenidas bajo coacción. La nueva ley no aterriza, por tanto, en un sistema neutral y garantista. Refuerza uno que ya arrastraba graves denuncias por falta de equilibrio y por trato sistemáticamente desigual hacia los acusados palestinos.
La reforma cae sobre un sistema ya bajo sospecha
La reacción palestina llegó de inmediato. La Presidencia de la Autoridad Palestina condenó la norma y la calificó de “racista”, además de considerarla una “flagrante violación del derecho internacional humanitario”. Ramala sostiene que la reforma constituye un “crimen de guerra” contra el pueblo palestino y la vincula a la escalada de medidas contra la población de Cisjordania y Gaza. También reclamó a la comunidad internacional que actúe, haga rendir cuentas a Israel e imponga sanciones por lo que considera parte de una política sostenida de torturas, aislamiento y asesinato sistemático de prisioneros.
Las objeciones jurídicas no llegan sólo desde la parte palestina. El Centro Legal para los Derechos de la Minoría Árabe en Israel, Adalah, ha denunciado que la ley “institucionaliza el asesinato estatal” y está diseñada para aplicarse sólo a palestinos, en violación del principio de igualdad y de la prohibición de discriminación racial. La organización añade otro frente: la Knesset no tendría autoridad para legislar sobre la población ocupada de Cisjordania. Desde esa premisa, aplicar esta ley a los palestinos residentes allí supondría, a su juicio, una violación flagrante del derecho internacional. Adalah ya ha anunciado que recurrirá la norma ante el Tribunal Supremo israelí por la vía de urgencia.
La Presidencia palestina ha situado además la reforma en choque directo con la Cuarta Convención de Ginebra y con la Convención Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, dos marcos que obligan a preservar garantías individuales y juicio justo incluso en contextos de conflicto. La nueva ley avanza justo en sentido contrario. Reduce el margen de defensa, borra la apelación, estrecha la discreción judicial y reserva el circuito más severo a una población concreta bajo ocupación militar.
Aunque el texto no se aplicará de forma retroactiva a los detenidos por los ataques del 7 de octubre de 2023, la pulsión no termina ahí. La Knesset tramita otra iniciativa que sí prevé ese castigo a posteriori. Es decir, la reforma aprobada este lunes no cierra el debate sobre la pena capital. Lo abre más. Amplía su campo. Ensancha el terreno político para nuevas medidas de excepción.