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Internacional

La Comisión Europea concluye que la 'prioridad nacional' de Vox vulnera la jurisprudencia del TJUE

La normativa europea establece que ningún Estado puede "imponer" requisitos de residencia superiores a cinco años y advierte de que algunos pueden constituir discriminación indirecta

Lirios Arques
El comisario de Interior, Magnus Brunner. EP.

El comisario de Interior, Magnus Brunner. EP.

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La ‘prioridad nacional’ impulsada por Vox y respaldada por el Partido Popular (PP) que antepone los españoles a los extranjeros en el acceso a los servicios públicos ha tocado techo este martes en la Comisión Europea. Desde el Ejecutivo comunitario advierten de que este principio vulnera la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y recuerda que ni los Estados ni las comunidades autónomas tienen potestad para endurecer o modificar las condiciones de acceso a estos servicios.

Esta respuesta llega después de que el eurodiputado de Compromís y miembro de Verdes/ALE, Vicent Marzà, registrara en la Eurocámara una pregunta en la que pedía conocer si la aplicación de esta prioridad nacional entra en conflicto con el derecho comunitario y también aras de saber si los criterios adoptados por varios Estados miembros en el acceso a recursos públicos choca con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En respuesta a todo ello, el comisario de Interior y Migración, Magnus Brunner (PPE), ha puesto de relieve que los Estados miembros no pueden imponer de forma unilateral requisitos de residencia superiores a cinco años en el marco de la normativa europea sobre residentes de larga duración, establecido en la Directiva 2003/109/CE. “Los Estados miembros no pueden imponer unilateralmente un requisito de residencia más largo que el período de cinco años establecido”, reza el escrito de respuesta.

De esta forma, Brunner alerta de que algunos requisitos de residencia pueden constituir discriminación indirecta si perjudican de manera desproporcionada a personas de otras nacionalidades. Según se detalla en la respuesta del Ejecutivo comunitario, requisitos como el tiempo de residencia pueden ser discriminatorios cuando perjudican medida a nacionales de otros Estados miembros o a nacionales de terceros países y los coloca en una situación de desventaja. “A menos que esté justificada y sea proporcionada, una disposición de Derecho nacional es indirectamente discriminatoria si afecta intrínsecamente a los nacionales de otros Estados miembros o a los nacionales de terceros países más que a los nacionales del Estado de acogida”, sostiene la Comisión Europea en su respuesta. 

En líneas similares a lo anterior, en la pregunta formulada Marzà ponía de relieve la incorporación de esta medida en acuerdos recientes de gobierno en España, como en Aragón o la Comunidad Valenciana. En respuesta a ello, Bruner sostiene que, pese a que “la Ley de Aragón aún no se ha adoptado”, la Comisión “continuará siguiendo la evolución de la situación para velar por el cumplimiento del Derecho de la UE”.

Requisitos que vulneran la Directiva europea

No obstante, lo que es cierto es que en el acceso a la inscripción como demandante de vivienda protegida en régimen de compra, la norma establece un mínimo de diez años de empadronamiento histórico en algún municipio de la Comunidad Valenciana y de España, de manera continuada o interrumpida. Es decir, este requisito duplica el periodo de cinco años al que se refiere la respuesta del comisario en relación con la Directiva europea sobre residentes de larga duración.

A razón de ello, el eurodiputado de Compromís ha presentado una nueva pregunta parlamentaria en la que solicita a la Comisión que aclare si el requisito previsto en la Ley 5/2026 vulnera el artículo 11 de la Directiva 2003/109/CE, si evaluará su posible carácter discriminatorio a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y qué medidas prevé adoptar ante una norma ya aprobada.

Con todo ello, Marzà denuncia que la ‘prioridad nacional’ “es el recurso de una derecha que, ante su falta de propuestas y de una estrategia real para resolver los problemas de la ciudadanía, necesita fabricar enemigos y señalar a quién dejar fuera”. “Lo más grave es que PP y Vox impulsan aquí medidas que chocan con las normas europeas que sus propios representantes respaldan en Bruselas. No se puede votar una cosa en Europa y hacer la contraria en casa. La igualdad de trato no es opcional y los derechos no pueden convertirse en moneda de cambio para alimentar un discurso discriminatorio”, esgrime Marzà.

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