Como adelantó ELPLURAL.COM el pasado miércoles, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha aceptado la recusación que planteó el juez Elpidio Silva contra la también magistrada María Tardón. Esto viene a significar que Tardón tendrá que ser sustituida por otro juez, aquel al que legalmente corresponda por turno.

"Con el fin de preservar la imagen de la Justicia"
Los jueces de la denominada Sala del 77 del TSJM, que han visto la causa, han estimado que la presencia de María Tardón en el tribunal que ve el caso de Miguel Blesa contra Elpidio Silva "no concurre elemento alguno que cercene su imparcialidad", pero han aceptado la petición del demandado, según su decisión, "con el fin de preservar la imagen de la Justicia y la confianza que los tribunales deben inspirar a los ciudadanos".

Y han considerado que éste era el caso, ya que la juez María Tardón, ocupó el cargo de representante del PP en la Asamblea General de Caja Madrid, la entidad bancaria que presidió Miguel Blesa.

La jueza quedará apartada de la causa
En la sentencia el TSJM dice que "se hace necesario rebasar el estricto ámbito subjetivo para examinar si concurre así mismo el requisito de la imparcialidad objetiva, que proporciona una garantía más consistente, en orden a determinar si afloran hechos verificables que puedan crear dudas, si quiera indiciarias, o incluso aparentes, sobre la imparcialidad de la magistrada recusada".

Esto significa según el auto que se ha hecho público hoy, que María Tardón “quedará apartada definitivamente del conocimiento de la causa y deberá ser sustituida por el Magistrado al que legalmente le corresponda”. Mientras se produce esta sustitución, al juez Silva le dará tiempo a concurrir a las elecciones europeas y a designar un nuevo abogado como deseaba.

En el Ayuntamiento y en Caja Madrid
Señala el auto de la Sala 77 que la Magistrada concernida, “reconoce haber sido Concejal y Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Madrid durante el gobierno municipal correspondiente a la legislatura de los años 1999 a 2003, que la designó Consejera de la Asamblea General de Caja Madrid por el turno correspondiente a las corporaciones locales”.

Ella negó responsabilidad alguna…
Resume el documento judicial las apreciaciones de María Tardón en el sentido de que “nunca tuvo ni ejerció responsabilidad alguna respecto de la gestión ordinaria de los negocios, actos o contratos propios de la actividad financiera propia de dicha entidad, ni tomó parte, jamás, ni directa ni indirectamente, en las decisiones relativas a concesiones de créditos, adquisición de otras entidades bancarias, o ninguna otra semejante a los hechos que constituyeron el objeto de las causas instruidas por el acusado, Sr. Silva Pacheco”.

…ni relación con Blesa
También señalan que según la interesada “en dicha designación con carácter previo a su reincorporación al servicio activo en la Carrera Judicial, que se produjo en abril de 2005, es decir, varios años antes de los indicados hechos, que tuvieron lugar a finales del año 2008 o principios de 2009; sin que hubiera tenido con el Sr. Blesa relación laboral, ni de dependencia, ni la menor relación de carácter personal”.

Tampoco se abstuvo
“Tales aseveraciones ponen de manifiesto la convicción personal de la Magistrada, Sra. Tardón, de que no concurre elemento alguno que cercene su imparcialidad en relación al caso cuyo enjuiciamiento le compete como integrante del Tribunal que lo ha de resolver; lo que asimismo viene corroborado por el hecho de no haberse abstenido del conocimiento del asunto”, continúa el auto.

Tuvo amplias facultades en Caja Madrid
El Tribunal recuerda diversos artículos legales sobre los órganos de Gobierno de las Cajas de Ahorro de la Comunidad de Madrid señalando que contemplan una serie de amplias facultades (…) que incluso alcanzan a la aprobación de las cuentas y presupuestos anuales, nombramiento y renovación de los vocales del Consejo de Administración, así como la ratificación de la designación del Presidente ejecutivo y nombramiento del Director General de la Entidad”.

Ostentaba control
“Es decir, con independencia del turno por el que fuera nombrada Consejera, o de si únicamente percibía dietas por su cometido, es lo cierto que la citada ostentaba en las indicadas fechas amplias facultades de supervisión y control de las líneas generales de actuación de Caja Madrid”, continúa el auto.

Estrecha vinculación con la Entidad
De estas facultades, añade “sin duda alguna se seguía una estrecha vinculación con la Entidad durante aquel lapso temporal, al margen de las relaciones de índole personal que llegara o no a establecer con su presidente o administradores, y de las que no existe constancia”.

Queda la huella
Para el tribunal “la circunstancia de que la Sra. Tardón hubiera cesado como Consejera de Caja Madrid algunos años antes de la comisión de los hechos que se imputan a su Presidente, Sr. Blesa (que, al parecer, tuvieron lugar en los años 2008 y 2009), no desvanece por completo la huella dejada por aquel objetivo vínculo o relación inicial”.

Sospecha de pérdida de imparcialidad
“Y, lo que es más importante, genera la apariencia o sospecha de pérdida de imparcialidad de la Magistrada en el enjuiciamiento del procedimiento seguido, a su vez, frente al Instructor de la causa tramitada contra el ya entonces Presidente de la repetida Entidad, con la consiguiente merma de confianza y deterioro de la imagen pública de la justicia que representa cualquier sospecha objetiva de imparcialidad”.

En el ámbito de las apariencias
Es por ello que los jueces de la Sala 77 concluyen: “En concordancia con la doctrina jurisprudencial que propugna eliminar cualquier apariencia de parcialidad con el fin de promover la confianza que deben inspirar los jueces y tribunales en una sociedad democrática, se hace preciso concluir que se dan en el presente supuesto indicios objetivos suficientes de la existencia, siquiera en el ámbito de las apariencias, de un interés indirecto de la Magistrada, Ilma. Sra. Dª María Tardón Olmos”

El juicio, tras las elecciones europeas
El TSJM ha desestimado, sin embargo, la petición de recusación que Elpidio Silva planteó también contra el magistrado que preside su caso, Arturo Beltrán. Silva argumentó que al no aceptar su recusación contra Tardón, ni la retirada de su abogado, Conde Pumpido, el juez Beltrán se había mostrado parcial contra él, pero el alto Tribunal ha desestimado su petición en este caso.

Como se explicaba en ELPLURAL.COM el pasado día 30 de abril, la necesidad de nombrar un nuevo juez por turno reglamentario “por lógica llevaría a que se anule lo actuado y haya que volver a llamar a juicio”. Por tiempo no es probable que, si esto es así, el juicio a Elpidio Silva se lleve a cabo antes de las elecciones al Parlamento de Europa. El juez podría por tanto presentarse a los comicios europeos y nombrar –tal y como desea- a un nuevo letrado para su defensa.