El Congreso de los Diputados ha convalidado este miércoles el real decreto-ley aprobado la semana pasada por el Gobierno para la renovación urgente de Radio Televisión Española (RTVE). El Pleno, por tanto, ha dado viabilidad a la modificación de la Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal con el fin de adoptar medidas urgentes relativas al régimen jurídico aplicable a la Corporación por un resultado de 175 votos a favor frente a uno en contra. Después, la Cámara por unanimidad, ha decidido que el texto se tramite como Proyecto de Ley por la vía de urgencia.

El articulado comprende, según se desprende de la exposición de motivos, “desbloquear la situación institucional en la que se encuentra” el ente público, por lo que se introduce un rosario de modificaciones en el “régimen jurídico de la elección de los miembros del Consejo de Administración, de la presidencia de la Corporación y del procedimiento de aprobación de los mandatos-marco”. El RDL está compuesto por un único artículo que, a su vez, se edifica sobre siete apartados y modifica la Ley 17/2006 de la radio y la televisión de titularidad estatal.

La elección de los consejeros

El espíritu del real decreto pasa por cambiar el método de elección de los consejeros de la Corporación RTVE, que pasará a estar formado por 15 miembros, de los cuáles 11 serán elegidos por el Congreso y otros cuatro por Senado. La elección se llevará a cabo por dos tercios de cada una de las Cámaras. No obstante, en caso de no cristalizar en una primera votación, se abre la posibilidad de que se elijan por mayoría absoluta en segunda vuelta.

En el supuesto de que las Cámaras no escojan a los consejeros que le correspondan por ley, se da la potestad al Gobierno para “proponer el nombramiento de un administrador provisional único al Congreso de los Diputados”, que será escogido por una mayoría de dos tercios en primera votación y absoluta en la segunda. Así, la iniciativa recoge a su vez la “renovación total y no parcial del órgano” cada seis años y prevé que los consejeros se renueven únicamente por “otro mandato más”.

De este modo, modifica las competencias del Consejo de Administración y de la presidencia, además del procedimiento de aprobación del mandato-marco de la Corporación. Por otro lado, se incluyen “una serie de medidas encaminadas a mejorar y facilitar la gobernanza y el funcionamiento de la Corporación”; mientras que, todos los miembros del consejo y no sólo el titular de la Presidencia, tendrán “dedicación exclusiva”. Así, se atribuyen al máximo cargo del ente “competencias que se consideran más propias de la dirección ejecutiva ordinaria que le corresponde, y que hasta ahora residían” en el Consejo de Administración en algunos casos.

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