A finales del año pasado, la Audiencia Provincial de Madrid asestó un duro golpe contra una de las causas abiertas a petición del juez Juan Carlos Peinado, encargado del caso de la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, contra la antigua Editorial Santillana —conocida ahora como Sanoma— a raíz de una querella del grupo parlamentario de extrema derecha Vox. Tras más de dos años de investigaciones, los tribunales desestimaron la causa después de desmontar uno a uno los argumentos del magistrado, ya que carecía de base legal desde el principio.
La causa arrancó en mayo de 2022 por iniciativa del juez Juan Carlos Peinado, a raíz de una querella presentada por Vox que pretendía perseguir penalmente la inclusión de un mapa en un libro de texto provisional. El gráfico situaba al partido ultraderechista en un espectro ideológico de extrema derecha, junto a otras formaciones europeas. Pero según ha quedado probado, “ni se menciona a Vox en el texto, ni se le califica como nazi, ni mucho menos como partido heredero del Tercer Reich”, como sostenía la querella.
Pese a ello, el juez Peinado dictó auto de procedimiento abreviado en mayo de 2024 contra la editorial y dos de sus entonces editoras. En ese documento apenas incluía una frase que resumía su argumentación: “se relacionaba al partido político Vox como partido de herencia nazi y de extrema derecha”. El único material incriminatorio: un mapa titulado “Los resultados de la extrema derecha en las elecciones generales a los Parlamentos nacionales”, que incluía a Vox junto a otras formaciones con representación parlamentaria.
La justicia desautoriza por completo al juez Peinado
La Fiscalía y las defensas recurrieron el auto del juez por entender que la acusación carecía de base legal. La Audiencia les ha dado la razón por unanimidad. La magistrada ponente no se ha andado con rodeos: ha declarado el sobreseimiento libre porque no hay delito alguno, ni base penal para procesar ni a la empresa ni a las editoras.
Por un lado, ha recordado que “una persona jurídica como Sanoma no puede cometer delitos de injurias o calumnias”, lo que ya invalidaba gran parte del procedimiento. Por otro, señala que respecto a las dos editoras “no se celebró el preceptivo acto de conciliación” y, dado que ya ha pasado más de un año —plazo de prescripción de estos delitos—, cualquier posible acción penal está extinguida.
El despropósito llega al punto de que el juez solicitó una diligencia a la Comisaría General de Información, que aportó 180 episodios “supuestamente relacionados” con el caso. La Fiscalía pidió que se anulara tal petición por ser completamente desproporcionada. La Audiencia le ha dado la razón: “produce una efectiva lesión en el derecho fundamental previsto en el artículo 18 de la Constitución”.
Ni rastro de nazismo, ni mención directa
Uno de los aspectos más llamativos es que, según recoge el recurso de apelación de la defensa, “Vox no aparece ni una sola vez mencionado en el texto”. La única alusión al partido se encontraba en un gráfico entre otros muchos, dentro de un contexto académico que, como subrayaba el recurso, “simplemente ubica a Vox como partido conservador más a la derecha que el PP”.
Aun así, la querella de Vox sostuvo que se les atribuía una “herencia nazi”, algo que la Audiencia ha desmontado completamente. El archivo del caso no solo pone fin a un procedimiento judicial sin sentido, sino que también deja en evidencia la estrategia del partido ultra para judicializar cualquier crítica o análisis político, incluso en el ámbito educativo.
La conclusión, en palabras de la Audiencia: la causa “adolece de una instrucción carente de cualquier criterio penal”. La intentona de sentar en el banquillo a una editorial y a dos de sus trabajadoras por un gráfico didáctico ha acabado en un sonoro portazo judicial. ¿Lo más grave? Que ni siquiera se comprobó si el contenido que motivó la querella decía lo que se afirmaba. Porque no lo decía.