Quedan tres semanas para terminar el año y es ahora el momento de tomar decisiones fiscales para pagar menos a Hacienda en la próxima declaración de mayo. Una buena planificación ayuda a ahorrarse mucho dinero en impuestos. 2022 ha sido un ejercicio de pérdidas abundantes tanto en bolsa como en bonos y su traslado al mundo del ahorro colectivo, los fondos de inversión, donde más de 8 millones de familias españolas confían su dinero. En un año de abundantes pérdidas puede ser el momento de aflorar ganancias de años pasados e intentarlas compensar con el descalabro de este ejercicio. Una operación de compensación que la ley tributaria permite. Este afloramiento consiste en vender esos activos.

Aunque el enfoque fiscal es muy importante, el ahorrador debe tener en cuenta si financieramente realizar este tipo de operaciones le compensa ya que esté confiado en la recuperación del activo en el que acumula pérdidas latentes. Es pues, un trabajo de planificación financiera en el que no solo debe primer el ahorro fiscal.

Los expertos de Abante Asesores dan unas recomendaciones en este sentido que pueden se muy útiles y lucrativas. Así, las ganancias o pérdidas patrimoniales que el inversor haya podido lograr durante este 2022 con la venta de inmuebles, fondos, acciones, etc., se pueden compensar entre sí, es decir, con el resto de los productos de la misma naturaleza (o sea, acciones, fondos, inmuebles…).

También ocurre lo mismo con los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, cupones, intereses de depósitos o cuentas corrientes). En el IRPF se permite compensar los rendimientos positivos generados, por ejemplo, por los dividendos de unas acciones y el rescate de un seguro, con las pérdidas que ha podido generar la venta de un bono. Además, si después de estas compensaciones se siguen acumulando rentas negativas, es posible compensarlas cruzadamente (ganancias o pérdidas patrimoniales con rendimientos del capital mobiliario) pero con un límite del 25%.

Además, Hacienda permite seguir compensando las pérdidas –si todavía quedan- durante los siguientes próximos cuatro años. El inversor tiene que echar la vista atrás ya que si cuenta con minusvalías generadas desde 2018, este 2022 será el último ejercicio que pueda sacarlas a la luz para compensarlas con ganancias de este año, si las hubiere. De no hacerlo, esas pérdidas ya no servirán nunca para compensar con ganancias.

Existe una curiosa excepción a esta compensación que propiciaba hace años que en el mes de diciembre se multiplicasen, por ejemplo, las operaciones en Bolsa. Era uno de los motivos del llamado rallye navideño pero Hacienda le puso fin hace unos años. Son las llamadas normas normas antiaplicación, por las que cuando se compran valores cotizados –acciones, títulos de renta fija o fondos de inversión– y se venden con pérdidas, no se puede declarar dicha pérdida si se han adquirido títulos homogéneos durante los dos meses anteriores o los dos posteriores al momento de dicha venta y en el plazo de un año para los valores no cotizados.

Estas aplicaciones que se hacían buscaban aflorar la pérdida, al tiempo que se mantenía la inversión con el fin de recuperarla en el futuro. Existen algunos trucos para saltarse esta norma antiaplicación, basadas en el cambio de los códigos por los que se identifica el valor… pero aquí no las vamos a contar.