El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha reconocido, en su publicación de este martes, al lobo como especie protegida en toda España, por una Orden del Gobierno que incluye al lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE). Esto implicará la prohibición de cazarlo en todo el país y no solo al sur del Duero, como ocurría con la normativa hasta ahora vigente.

Solo se podrán aplicar medidas de extracción y captura de ejemplares con una autorización administrativa si no hay "otra solución satisfactoria", esto es, cuando se haya demostrado que se han aplicado "adecuadamente" otras medidas "preventivas o de protección del ganado", y estas hayan resultado "ineficaces". Deberá justificarse "con el mejor conocimiento disponible" que la caza del lobo no afecta "negativamente" al estado de conservación "favorable" de la especie. También debe justificarse la existencia de "perjuicios importantes" para el ganado, con posibles daños "recurrentes o significativos".

Según la Agencia EFE, Ecologistas en Acción recuerda que con la entrada en vigor de la Orden gubernamental “la persecución del lobo pasa a ser un delito tipificado” en el Código Penal castigado con “pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a 24 meses” así como con la inhabilitación de dos a cuatro años del derecho de caza o de pesca.