Gobierno y agentes sociales se reúnen este lunes en una mesa de diálogo social para cerrar los últimos detalles sobre la reforma del sistema de pensiones. Así comienza una semana clave para la negociación y para el futuro de las pensiones en la que se prevé la ratificación oficial del acuerdo entre el Ejecutivo, los sindicatos y la patronal.

El objetivo de la reunión es cerrar el acuerdo sobre la primera parte de la reforma de pensiones, con objetivos como garantizar el poder adquisitivo de las pensiones y aproximar la edad efectiva de jubilación a la edad legal, con el endurecimiento de las jubilaciones anticipadas y mayores incentivos al retraso de la jubilación.

Estas medidas se encuentran en el componente 30 del Plan de Recuperación enviado a Bruselas y derivan del acuerdo alcanzado en el Pacto de Toledo. Así, su entrada en vigor está prevista para 2022. Tanto el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá; como los representantes sindicales de UGT y CCOO confían en alcanzar el acuerdo esta misma tarde.

"Llevamos ya muchas reuniones en las que hemos ido aproximando y mejorando el texto progresivamente y con las aportaciones de todos. Tengo las mayores expectativas con los últimos encuentros que vamos a tener esta semana", ha explicado Escrivá esta misma mañana, que prevé que esta primera parte de la reforma se concrete “de forma inminente”.

¿En qué consiste la reforma?

Aunque las partes de la negociación no han querido dar por cerrado el acuerdo aún, a falta de los últimos detalles, hay algunos aspectos claves en los que ya parecen haber alcanzado el consenso. Se trata de la supresión de dos de los aspectos más polémicos de la reforma de pensiones del Partido Popular de 2013, es decir, el índice de revalorización de las pensiones que limitaba la subida anual al 0,25% en situaciones de déficit y el factor de sostenibilidad.

El factor de sostenibilidad ha sido uno de los principales puntos de debate entre las partes y, aunque forma parte de la segunda pata de la reforma de pensiones, Gobierno y agentes sociales han acordado que el mecanismo de equidad generacional que reemplace a esta herramienta “deberá estar definido” en la entrada en vigor de las primeras medidas.

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El texto del anteproyecto garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones contributivas, gracias a la vinculación de su revalorización anual con la variación interanual media del IPC del año anterior. En caso de que esta variación fuera negativa, el importe de las pensiones no variará al comienzo del año.

Asimismo, este anteproyecto incluye medidas para desincentivar el retiro anticipado del mercado laboral cuando se haga de forma voluntaria. Así, para aquellos con cotizaciones de menos de 38 años y 6 meses, adelantar su jubilación 24 meses supondrá una reducción en su pensión de entre el 21% y el 3,26%; para los que tengan más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% y la mínima del 3,11%.

En esta línea, el coeficiente reductor pasará a ser del 17% si los que tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, pero menos de 44 años y 6 meses, se jubilan dos años antes. Si lo hacen un año antes, la reducción será del 2,96%. Por último, los que tengan más de 44 años y medio cotizados tendrán una reducción del 13% por jubilarse dos años antes y del 2,81% un mes antes.

Condiciones para acogerse a la jubilación anticipada voluntaria

Este mecanismo incluye algunas condiciones como que, si en el momento de acogerse a la jubilación anticipada voluntaria el trabajador está percibiendo el subsidio por desempleo durante al menos tres meses, los coeficientes reductores aplicados serán los establecidos para la jubilación anticipada involuntaria.

Por otro lado, los nuevos coeficientes reductores se aplicarán sobre la cuantía de la presión. En caso de que la pensión supere el límite establecido para el importe de las pensiones, los coeficientes reductores se aplicarán de manera gradual en un plazo de diez años desde el 1 de enero de 2024.

Para poder acceder a la jubilación anticipada involuntaria se exigirá tener cumplida una edad que sea inferior en cuatro años, como máximo, a la edad legal de jubilación aplicable en cada caso; encontrarse inscrito como demandante de empleo y acreditar un periodo de cotización efectiva de 33 años.

En caso de adelantar la jubilación a la edad legal, se impondrán unos coeficientes reductores que irán desde el 0,5% de reducción por un mes de adelanto si se tienen cotizados 44 años y seis meses o más, hasta el 0,3% de reducción, si se adelanta la jubilación cuatro años y el periodo de cotización es interior a 38 años y seis meses.

El anteproyecto incluye tres tipos de incentivos para el retraso de la jubilación que podrá elegir el trabajador. En primer lugar, un porcentaje adicional del 4% por cada año de demora, que se sumará al número de años cotizados y se aplicará a la respectiva base reguladora para determinar la cuantía de la pensión. La segunda opción pasa por un pago único, en función de la cuantía de la pensión y premiando a las carreras de cotización más largas. La tercera opción pasa por una combinación de ambas medidas.

Por otro lado, se exigirá como condición para acceder a la jubilación activa el transcurso de al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. La reforma también prohibirá el establecimiento de cláusulas de jubilación forzosa para aquellos trabajadores de menos de 68 años.