Quedarse media hora más para terminar una tarea pendiente, responder correos de última hora cuando la jornada ya ha acabado o asumir como habitual que determinados picos de trabajo alarguen el día se ha convertido en una realidad para miles de trabajadores, que continúan realizando numerosas horas extraordinarias sin cobrar. Los datos muestran que, pese al aumento de las inspecciones y las sanciones, el problema está lejos de desaparecer.

La Inspección de Trabajo realizó en 2025 un total de 37.386 actuaciones relacionadas con el tiempo de trabajo y detectó 14.728 infracciones. Como consecuencia, las empresas incumplidoras recibieron multas por valor de 15,7 millones de euros. Aunque se trata de una cifra considerable, continúa siendo pequeña si se compara con el coste que supondría para las compañías pagar todas las horas extraordinarias que actualmente no compensan.

CCOO estima, a partir de los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), que cada semana se realizan en España alrededor de 2,54 millones de horas extraordinarias sin compensar. El sindicato calcula que el ahorro empresarial derivado de los salarios y las cotizaciones sociales que no se abonan alcanza los 3.378 millones de euros anuales. La comparación evidencia que incumplir la normativa puede seguir resultando económicamente rentable.

España introdujo en 2019 la obligación de que todas las empresas dispusieran de un registro de la jornada de sus trabajadores. La intención era sencilla: dejar constancia de cuándo comienza y termina realmente el trabajo y facilitar tanto a los empleados como a la Inspección la acreditación de posibles excesos de jornada.

La medida sí ha tenido consecuencias. En 2018, el último ejercicio completo antes de su implantación, las sanciones en esta materia sumaron 5,3 millones de euros. En 2025 alcanzaron los 15,7 millones, prácticamente el triple. Sin embargo, el 43% de las horas extraordinarias que se realizan actualmente no se pagan ni se compensan. Es exactamente el mismo porcentaje que se registraba en 2018, antes de que entrara en vigor la obligación del control horario.

Una única sanción para la empresa, aunque afecte a varios trabajadores

Una de las claves para entender la gravedad de esta situación irregular se encuentra en el funcionamiento actual del régimen sancionador. Las multas se imponen a la empresa por la infracción cometida, independientemente del número de empleados que hayan sufrido el incumplimiento.

El fallido proyecto para reducir la jornada laboral a 37,5 horas pretendía cambiar esta situación. La propuesta impulsada por el Ministerio de Trabajo contemplaba que determinadas sanciones pudieran imponerse por cada trabajador afectado, además de incrementar sus cuantías. Una infracción grave habría pasado de los actuales 751 euros en su grado mínimo a 1.000 euros, mientras que el máximo habría aumentado de 7.500 a 10.000 euros.

Sin embargo, ninguna de estas medidas llegó a entrar en vigor. El proyecto de reducción de la jornada laboral fue rechazado en el Congreso durante el debate de las enmiendas a la totalidad, con los votos de PP, Vox, Junts y UPN. De este modo, quedaron aparcados tanto el recorte de la jornada a 37,5 horas como el nuevo esquema de sanciones.

Desde entonces, el departamento que dirige Yolanda Díaz ha buscado otra vía para reforzar el control del tiempo de trabajo. La intención es aprobar mediante un reglamento un nuevo registro horario, una fórmula que no necesita superar una votación parlamentaria.

El modelo que prepara Trabajo pretende, al menos, dificultar que las horas extraordinarias queden ocultas dentro de la jornada ordinaria. Entre las novedades previstas figura que sean los propios trabajadores quienes registren personalmente su jornada y diferencien el horario ordinario de las horas extraordinarias. El objetivo del Ministerio es aprobar el reglamento a principios de septiembre.

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