Durante el desarrollo de la Campaña de la Renta 2024 en nuestro país, desde el 3 de abril hasta el 1 de julio, los contribuyentes se encuentran ante el reto de preparar y presentar sus declaraciones a la Agencia Tributaria. Este proceso, fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales, genera siempre multitud de dudas entre los ciudadanos, como, por ejemplo, si es obligatorio declarar todas las transferencias bancarias.

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 Ante la complejidad del sistema tributario de España y las variadas transacciones financieras que los contribuyentes realizan a lo largo del año a través de diferentes vías, es crucial comprender cuáles requieren ser declaradas y cuáles están exentas, para así evitar errores y posibles sanciones.

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¿Tengo que declarar las transferencias en la Declaración de la Renta?

Ante esta reiterada pregunta, la Agencia Tributaria aclara que, en general, las transferencias bancarias no requieren ser declaradas, incluso aquellas que exceden los 10.000 euros, umbral sobre el cual las entidades bancarias están obligadas a informar a Hacienda. Esta disposición también se extiende a los pagos y cobros en efectivo superiores a 3.000 euros y a préstamos y créditos por encima de los 6.000 euros, que, aunque monitorizados, no necesitan ser declarados por los contribuyentes.

¿Cuándo hay que declarar estos movimientos financieros?

Sin embargo, no todos los movimientos financieros escapan a la obligación de ser declarados. Existen ciertas transacciones que deben ser informadas a Hacienda, especialmente aquellas que trascienden las fronteras nacionales o que alcanzan cuantías significativas. Entre estas se incluyen:

  • Transferencias de dinero desde España hacia el extranjero y viceversa que superen los 10.000 euros.
  • Salir o entrar en el pais con 10.000 euros o más.
  • Realizar movimientos bancarios dentro de España que sobrepasen los 100.000 euros.
  • Operaciones en efectivo que excedan los 100.000 euros.

Por otra parte, aunque los movimientos a través de Bizum suelen estar también exentos de declaración, existen tres supuestos en los que será obligatorio incluir las transacciones en la Declaración de la Renta. Siendo uno de ellos sobrepasar el límite anual de 10.000 euros.

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¿Cuál es el formulario para declarar las transferencias?

Para aquellos ciudadanos que excedan los límites establecidos, Hacienda ha puesto a su disposición el Modelo S1 de la Agencia Tributaria que será necesario completar y presentar junto con la declaración. Este formulario, que se presenta de manera gratuita, debe recoger información detallada sobre el origen, el destinatario y la naturaleza de la transacción financiera.

No declarar las transferencias obligatorias puede resultar en sanción

Ignorar la obligación de declarar estas operaciones puede conllevar sanciones económicas significativas para el contribuyente. No presentar el Modelo S1 cuando es debido puede resultar en multas de hasta 2.500 euros, con una penalización adicional de 150 euros. En casos extremos, la Agencia Tributaria puede imponer sanciones que van desde el 2% hasta el 25% de la suma no declarada.

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Fechas clave para presentar a tiempo la Declaración de la Renta

Es vital estar al tanto de los plazos establecidos para realizar la Declaración de la Renta del ejercicio fiscal correspondiente a 2023. La Agencia Tributaria ha fijado las siguientes fechas clave para la presentación de la declaración y la asistencia a los contribuyentes:

  • Presentación a través de internet: del 3 de abril al 1 de julio de 2024, los contribuyentes podrán presentar su declaración de la renta y patrimonio del ejercicio 2023 de manera online. Esta modalidad permite realizar el trámite cómodamente desde casa o cualquier lugar con acceso a internet, facilitando un proceso ágil y eficiente.
  • Petición de cita previa telefónica: desde el 29 de abril hasta el 28 de junio de 2024, será posible solicitar una cita previa para quienes prefieran recibir asistencia telefónica para la confección de su declaración. Este servicio busca orientar a los contribuyentes en el proceso de declaración, resolviendo dudas y ofreciendo una guía paso a paso.
  • Confección con asistencia telefónica: del 7 de mayo al 1 de julio de 2024, la Agencia Tributaria asistirá a los contribuyentes en la confección de su declaración mediante atención telefónica. Esta asistencia está dirigida a quienes, habiendo solicitado su cita previa, necesiten ayuda directa para cumplimentar y presentar su declaración correctamente.
  • Petición de cita previa presencial: para aquellos que prefieran o requieran asistencia presencial, la Agencia Tributaria permite solicitar cita previa del 29 de mayo al 28 de junio de 2024. Este servicio es esencial para quienes necesiten una atención más personalizada o tengan situaciones fiscales complejas.
  • Confección en oficinas de la Agencia Tributaria: finalmente, del 3 de junio al 1 de julio de 2024, se llevará a cabo la confección de declaraciones en las distintas oficinas de la Agencia Tributaria repartidas por todo el territorio nacional. Aquellos contribuyentes que hayan obtenido su cita previa podrán acudir personalmente para recibir asistencia directa de los técnicos de Hacienda.

Es recomendable tomar nota de estas fechas y actuar con antelación para evitar las prisas de última hora y asegurar una declaración precisa y sin contratiempos.

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