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El día 5 comencé a trabajar en una residencia geriátrica, soy auxiliar de enfermería. El caso es que las condiciones son tremendas y los tiempos que nos dan para atender a los ancianos inhumanos y no quiero seguir trabajando. Quiero darme de baja voluntariamente, pero necesito saber si necesito avisar, cómo y con qué plazo de tiempo. Ni siquiera tengo aún mi contrato, que me hicieron firmar corriendo en mitad de turno sin poder leerlo con atención.
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En primer lugar, si no llevas ni un mes en la empresa lo más seguro es que te encuentres en período de prueba. Según lo dispuesto en tu convenio colectivo “CONVENIO COLECTIVO LABORAL DE RESIDENCIAS PRIVADAS DE PERSONAS MAYORES Y DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO” el período de prueba para tu categoría profesional (grupo B) son de 45 días labrales siempre que así se estipule expresamente en tu contrato.

Si, efectivamente se encuentra en dicho período no es necesario ningún preaviso para la rescisión del contrato y no hay derecho a percibir ninguna indemnización.

Si, por el contrario, no está en período de prueba o ya lo ha superado sí debe notificar su baja voluntaria. La notificación debe hacerse por escrito, recibiendo acuse de dicha petición al menos con la antelación un mes a la fecha de su baja definitiva.

En este caso tendría derecho al finiquito correspondiente por los días trabajados, las vacaciones devengadas y no disfrutadas así como el pago proporcional de las pagas extraordinarias.

Debe tener en cuenta que la falta de preaviso faculta a la empresa para deducir de las partes proporcionales a abonar en el momento de la liquidación el equivalente diario de su retribución real por cada día que haya incumplido el plazo de preaviso. Eso sí, la empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicaciones efectuada por el trabajador.

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