La sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado suspender la huelga general convocada para este miércoles, tal como pedía Fomento del Trabajo como medida cautelar. En una resolución emitida este martes por la noche, el Tribunal ha dictaminado así sobre la demanda de procedimiento colectivo interpuesta por la patronal. El TSJC ha tomado esta decisión después de escuchar durante casi una hora los representantes de la Intersindical-CSC y de la patronal Fomento del Trabajo. A la vista, también ha participado el Ministerio fiscal.

La sala social del alto tribunal ha recibido este martes al mediodía el recurso presentado por la patronal contra la convocatoria de paro hecha por la Intersindical-CSC, después de que la sala contencioso-administrativa rechazara el recurso al no considerarse competente.

En la auto emitido este martes, los cuatro magistrados de la sala Contencioso-Administrativa recuerdan que la patronal no impugna ninguna orden administrativa concreta, como podría ser la que fija los servicios mínimos. También recuerda que Fomento del Trabajo no ha reclamado ante la administración antes de interponer el recurso judicial, como es obligatorio en el caso de la jurisdicción contencioso-administrativa, sino que planteó una demanda de conciliación, como se hace en la jurisdicción social-laboral.

De hecho, admite que hace un mes la sala Social rechazó dictaminar sobre otra huelga general, pero asegura que "esta sala Contencioso-Administrativa no puede compartir el criterio de la sala Social de este mismo TSJC", y cita diversa jurisprudencia y la ley que regula la jurisdicción social desde 2011. También intenta desmontar algunos de los argumentos de la sala social por no posicionarse.

La patronal ve razones políticas detrás de la huelga

Fomento del Trabajo presentó este lunes a última hora de la mañana una demanda de procedimiento colectivo para que se declarara "ilegal" la huelga general. Fomento solicitó también medidas cautelares previas a la interposición de la demanda con el objetivo de "paralizar la huelga", así como la declaración de responsabilidad por daños y perjuicios que pudieran derivarse como consecuencia de su celebración. Fomento considera que la huelga está convocada por motivos que no son laborales, sino políticos.

La patronal considera que esto es así "a pesar de que la redacción de la convocatoria procura ocultar los motivos políticos que sí incluyeron en dos convocatorias anteriores". En este sentido añade que los motivos laborales que se justifican en la convocatoria son "absolutamente genéricos y descontextualizados", pero "muy evidentes" si se valoran los antecedentes y el contexto político y social.

La patronal considera que se pretende evitar la posible declaración de ilegalidad y representa, por tanto, "un flagrante fraude de ley". Además, Fomento del Trabajo considera que la convocatoria tiene "defectos formales" ya que "no se ha comunicado" ni en Fomento ni a Fepime con los diez días mínimos de antelación por parte del sindicato convocante.

El presidente de la patronal Fomento del Trabajo, Joaquim Gay de Montellà, ha insistido en que la convocatoria tiene "defectos de forma" y dijo que "está muy lejos de la representatividad", ya que, según él, está convocada por un sindicato muy minoritario sin legitimidad para pedir una huelga general.

La Intersindical CSC hizo el viernes un llamamiento a la huelga general para el próximo miércoles 8 de noviembre e instó a los sindicatos mayoritarios a sumarse, aunque CCOO y UGT finalmente lo declinaron. El sindicato minoritario había avisado del paro entre los días 6 y 9 y finalmente optó por mantener la convocatoria del miércoles. La organización argumenta que la huelga general es para exigir la derogación del decreto del gobierno español que facilita el traslado de sedes sociales y en respuesta al "empobrecimiento" de la clase trabajadora y "la precariedad instaurada en el mundo laboral" por las reformas laborales aprobadas en los últimos años.