Nuevo golpe judicial a otro parque eólico cuyo proyecto, denominado Rodeira, se iba a impulsar en el norte de la provincia de Pontevedra. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha dado la razón a la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galicia, Adega, en un auto en el que supende cautelarmente la autorización para levantar estas instalaciones promovidas por Green Capital Power S.L. en los concellos pontevedreses de Vila de Cruces y Lalín.

La resolución se refiere al escrito de la Dirección Xeral de Planificación Enerxética del pasado 24 de abril de 2023, que deja de esta manera sin efecto. La suspensión es temporal y así permanecerá hasta que se produzca una sentencia relativa al recurso contecioso-administrativo interpuesto por Adega contra este “megaproyecto”.

Tal y como han explicado desde la Asociación, el alto tribunal gallego apoya su decisión sobre “buena parte de los argumentos esgrimidos” por la denunciante, que habla de “los daños que este proyecto ejercería en el medio ambiente podrían ser irreparables”.

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Para respaldar su solicitud, Adega acompañó la denuncia con pruebas de que “la mayor parte de las infraestructuras de 'Rodeira' estarían proyectadas en una zona de máxima sensibilidad ambiental”. A esto se suma el hecho de que el parque estaría muy próximo a diversos núcleos de población y afectaría “de forma singular a especies de avifauna y otras catalogadas”.

Una vez adoptada la medida cautelar, en el mismo auto el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia advierte de que las medidas protectoras, correctoras y/o compensatorias que pueda fijar la empresa impulsora del parque, no implica que se lleve a cabo una neutralización del riesgo que se trata de evitar con la medida cautelar. Esto es así si en la zona en cuestión existen espacios de especial protección o especies vegetales o animales en especial riesgo de desaparición, “como es el caso”.

Desde Adega se habla de este proyecto 'Rodeira' como “megaparque”, porque el que recibió el visto bueno de la Xunta preveía la instalación de dos aerogeneradores con una potencia total de 12,6 MW y 240 metros de altura. Según los cáculos de la entidad ecologista, “este polígono ejercería una influencia negativa sobre el espacio natural protegido como Rede Natura 2000 'Sistema Fluvial Ulla', sobre el patrimonio cultural de la zona -BIC Mosteiro de Carboeiro, el Santuario do Corpiño- o sobre el observatorio astronómico de Vila de Cruces.

Otros seis paralizados cuatelarmente

En las últimas semanas, el Gobierno gallego que preside Alfonso Rueda ha seguido recibiendo malas noticias de los tribunales de justicia a propósito de proyectos de parques eólicos para cuyo impulso y ejecución requieren de la autorización previa de la Xunta.

Hoy mismo, el TSXG ha dado a conocer que otros seis nuevos proyectos de este tipo pasan a ser paralizados de forma cautelar.

En todos estos supuestos, según el alto tribunal, existe periculum in mora, que forma parte de la esencia de la medida cautelar, pues con él se intenta asegurar que la futura sentencia pueda llevarse a la práctica de modo útil, lo que no se conseguiría en el supuesto de que se hubieran producido situaciones irreversibles.

Los parques paralizados son los de Alvite II -situado en Mazaricos, Negreira y Santa Comba (A Coruña)-; Valdepereira -en Lalín (Pontevedra) y O Irixo (Ourense); Coto Loureiro -localizado en A Laracha y Cerceda (A Coruña), Estivada -en Agolada (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo)-; Piago -en Cervo, Xove, Viveiro y Valadouro (Lugo)- y Feás -ubicado en Aranga y Coirós (A Coruña).

Ahora, en un auto dado a conocer esta misma mañana, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG advierte de que "la prevalencia de la protección ambiental no significa que si la actuación incide en el medio ambiente tenga que ser suspendida de forma automática".

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La alusión al periculum in mora figura en la que apoya la medida cautelar obliga a que los posibles daños no sean meras especulaciones, sino que se argumentación se base en consecuencias capaces de ser acreditadas.

En estos seis casos concretos, la resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia concluye que se han acreditado los perjuicios que las instalaciones podrían ocasionar a valores medioambientales sensibles, así como la presencia en esas zonas de especies vulnerables o en peligro de extinción.

Hasta el momento, el TSXG ha notificado 96 autos, de los que 77 han sido estimatorios; en ellos decide sobre las solicitudes de suspensiones cautelares de 52 parques eólicos, de los cuales 49 han sido estimatorios y tan solo 3, desestimatorios.

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