El Gobierno plantea otra batalla judicial contra una Comunidad Autónoma (CCAA) del Partido Popular (PP). La Generalitat Valenciana pretende a través de su ley de Costas, uno de los últimos movimiento de Carlos Mazón, volver a dejar la puerta abierta al urbanismo más típico del siglo XX y en el que el medioambiente no tiene una ubicación prioritaria. Un abordaje que, además, podría suponer una incursión en las competencias del Estado sobre la costa, lo que ha llevado al Ejecutivo a recurrir la norma ante el Tribunal Constitucional.
El Consejo de Ministros tomó la decisión el pasado martes, apoyado por el Consejo de Estado, y la polémica sigue generando reacciones en las diferentes administraciones. El paso concreto ha sido la impugnación ante el Tribunal Constitucional del artículo 17, la disposición final primera y la disposición adicional cuarta de la Ley de Protección y Ordenación de la Costa Valenciana, poniendo el foco en lo establecido sobre los conjuntos de edificaciones residenciales, comerciales o vinculados a actividades económicas tradicionales, que considera que choca e incumple la norma nacional.
Por ello, el Gobierno reclama la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución Española, a fin de que se produzca la suspensión de los preceptos impugnados. “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”, recoge el articulado de la Carta Magna al que alude el Ejecutivo.
La Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la respectiva Comunidad Autónoma, en este caso Valencia, tal y como mandata del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, acordó iniciar negociaciones, pero no se ha alcanzado acuerdo en los preceptos que se impugnan, tal y como detallaron fuentes gubernamentales. Así, el proceso con el que el Gobierno pretende dejar sin efectos varias partes de la norma sigue adelante.
"Ley de caso único"
El Ejecutivo considera que existe una vulneración de los preceptos constitucionales relativos al dominio público marítimo-terrestre estatal y al bloque de la constitucionalidad en materia ambiental y de costas. Asimismo, entiende que se trata de una "ley de caso único" y de una vulneración de los principios constitucionales de arbitrariedad de los poderes públicos y de la separación de poderes.
En lo referido a este punto, el Gobierno considera que la inconstitucionalidad del artículo 17 y de la disposición final primera de la norma autonómica se enmarcan en "la situación de conflictividad existente". Concretamente en relación con las viviendas situadas en primera línea de la playa de Babilonia en la localidad de Guardamar del Segura (Alicante), frente al derribo de estas ordenado por la Dirección General de la Costa y del Mar del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, dirigido por Sara Aagesen.
Respecto a la inconstitucionalidad de la disposición adicional cuarta, el motivo de la impugnación que encuentra el Ejecutivo es el inventario de bienes que pertenecen al Estado, de competencia estatal. El Ejecutivo apunta que la Generalitat podría solicitar al Estado la modificación en el status jurídico de los terrenos que integran el dominio público marítimo-terrestre en los términos previstos por la normativa estatal, pero no arrogarse competencias que no le pertenecen.
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