Dictada en noviembre de 2019, la sentencia de la pieza política de los ERE ha llegado por fin, casi dos años después, a la mesa de trabajo del magistrado ponente del Tribunal Supremo, Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, "para su estudio".

La Audiencia de Sevilla condenó a 19 de los 21 ex altos cargos socialistas juzgados, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, concluyendo que la Junta de Andalucía arbitró un procedimiento opaco e ilegal para financiar sus subvenciones autonómicas para prejubilaciones de expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente fraudulentos o innecesarios y ayudas directas y supuestamente arbitrarias a empresas.

Una dura sentencia

La dura sentencia condenaba al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán a seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación especial por malversación y prevaricación continuadas, mientras que su antecesor en el cargo, Manuel Chaves, era condenado a nueve años de inhabilitación especial por prevaricación.

Las distintas defensas de los condenados presentaron sus recursos hace 16 meses. Los expresidente Manuel Chaves y José Antonio Grián y el exconsejero Gaspar Zarrías, por ejemplo, formalizaron los suyos en junio de 2020. 

Fue hace seis meses, en marzo pasado, cuando la Fiscalía del Supremo pidió, como cabía prever, la confirmación de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla, que estimó casi en su integridad los argumentaciones del Ministerio Público, según el cual hubo un plan preconcebido y adoptado de forma colegiada y compartida por los sucesivos gobiernos andaluces para gastar más de 700 millones de euros de forma deliberadamente ilegal.

La máxima de la experiencia

Los recurrentes abundan en el argumento de que las acusaciones no pudieron aportar pruebas fechacientes de los delitos de prevaricación y malversación que atriibuían a los condenados. Para los letrados de Manuel Chaves o Gaspar Zarrías, la sentencia suplió la falta de pruebas echando mano del criterio de la "máxima de la experiencia", lo que supone "la muerte del Derecho". 

La denominada máxima de experiencia es un concepto controvertido en la ciencia penal con el que se hace referencia "al conjunto de conclusiones empíricas fundadas sobre la observación de lo que ocurre comúnmente y susceptibles de adquirir validez general para justipreciar las pruebas producidas en el proceso".

En su escrito de 81 páginas, el abogado Pablo Jiménez de Parga pide la absolución de Chaves al entender que la condena está sustentada en "un discurso valorativo de la prueba que resulta ilógico, irracional, absurdo y, en definitiva, arbitrario" y que asume acríticamente "los prejuicios que rodearon toda esta causa durante los largos años de instrucción", a cargo de la jueza Mercedes Alaya. 

Aplicada al caso de los ERE y elevada a la categoría de prueba, la máxima de la experiencia interpreta que Chaves o Griñán, dados los puestos que ocuparon en la Junta, no podían no saber lo que estaba sucediendo.

Sin mebargo, el precepto no está siendo aplicado, por ejemplo, por el juez Manuel García Castellón en la instrucción del caso Kitchen sobre la operación urdida por el Ministerio del Interior para sustraer al extesorero del PP Luis Bárcenas infromación sensible que afectaba al PP y al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.