El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha modificado de "muy grave" a "grave" la infracción cometida por el propietario del restaurante Asador de Guadalmina de Marbella, que se negó en 2011 a retirar unos carteles que incitaban al consumo de tabaco, con lo que se reduce la multa.

Se estima parcialmente
Según una sentencia emitida por la sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Primera del TSJA de Sevilla el 6 de noviembre, se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo que interpuso el dueño del establecimiento, José Eugenio Arias, contra la resolución de la Consejería de Salud de la Junta.

"Responsable de incumplimiento"
En dicho dictamen, se le declaraba "responsable de incumplimiento" de un artículo de la Ley General de Sanidad, 14/1986, de 25 de abril, por tener carteles que incitaban al consumo de tabaco, y acordaba imponerle una sanción de 90.001 euros.

Multa anulada
Ahora, el fallo del tribunal pone de manifiesto que la multa de 90.001 euros ha sido "anulada", así como ha quedado sin efecto la proclamación de responsabilidad por la comisión de una infracción "muy grave", que ha pasado a calificarse como "grave", con la imposición de una sanción de 6.000 euros y sin costas.

Cambian la tipificación de "muy grave" a "grave"
El motivo que alega el juez para cambiar la tipificación de "muy grave" a "grave" es la inexistencia de un "incumplimiento reiterado" de los requerimientos de la autoridad sanitaria, en este caso, a retirar los carteles que incitaban al consumo de tabaco en el asador y a cumplir con la ley, ya que solo se dio un requerimiento en una ocasión.

Inadecuada  tipificación
Así, el tribunal expone una serie de hechos que tuvieron lugar en 2011, en los que la Consejería basó la causa de la infracción, y que considera "insuficiente", por lo que ha concluido "inadecuada tipificación" de la conducta que se imputa al empresario.

Acta de la Policía Local
En este sentido, existe un acta de la Policía Local de Marbella, fechada el 3 de enero de 2011, en la que se indica que los agentes comprobaron la existencia de carteles que incitaban al consumo de tabaco y que "se invitó" a un empleado al frente de la dirección a retirarlos.

Acta del Servicio de Inspección de Salud
Otra acta levantada al día siguiente por el Servicio de Inspección de Salud de la Delegación Provincial de Salud de Málaga constata la "existencia de ceniceros en las mesas del local" y la de un cartel con indicaciones acerca de la voluntad de incumplir la ley 42/2010, donde se informó al propietario del incumplimiento legal en el que incurría.

"Requerimiento propiamente dicho"
La personación de los inspectores del Distrito Sanitario Costa del Sol el 5 de enero de 2011 es la actuación que el tribunal ha estimado que reúne las condiciones para ser considerada como un "requerimiento propiamente dicho", entendido éste como un acto a través del cual se intima a una persona o entidad a fin de que haga o deje de ejecutar algo.

Arias se negó
En esta ocasión, los inspectores requirieron a Arias la "retirada inmediata" de los carteles que incitaban el consumo de tabaco en el local y le instaron a cumplir con la normativa vigente en materia de tabaco, con la advertencia de que en caso contrario, se iniciaría un expediente sancionador, a lo que Arias se negó.

No piensa pagar los 6.000
El dueño del asador ha reiterado que la resolución ha sido un "éxito", demuestra que la ley es "ilegal", que ha fracasado y que la Justicia "lo está reconociendo", pero ha asegurado que recurrirá al Tribunal Supremo y que no piensa pagar los 6.000 euros.

Ha insistido en la idea de que el tabaco es un "producto legal", por lo que es "inconstitucional" prohibir su consumo dentro de un local privado.