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En la tarde de este miércoles el vicepresidente primero de la Junta de Andalucía y consejero de Presidencia, Emergencias y Sanidad, Antonio Sanz, posteaba en sus redes sociales un par de imágenes de la primera reunión del "nuevo" Consejo de Administración de la RTVA. En esta reunión repetían dos figuras trascendentales, el propio Sanz, como titular de Presidencia, y el director de la RTVA, Juande Mellado, que ha repetido -gracias a la mayoría de PP y Vox- como director general. Los miembros del consejo, por otra parte, son los designados por los diferentes grupos parlamentarios en base a su proporcionalidad.
📺 Primera reunión del Consejo de Administración de la #RTVA con el nuevo equipo. Un encuentro para comenzar esta nueva etapa con ilusión, diálogo y compromiso con el presente y el futuro de la radio y televisión públicas de Andalucía. Una ventana a #Andalucía y a todo lo que ocurre en nuestra tierra.
— Antonio Sanz Cabello (@antoniosanz) November 4, 2026
Precisamente de esta reunión ha salido una decisión que ha afecta de lleno a Adelante Andalucía, dado que el consejo aprobó con la mayoría de PP y Vox el veto al partido andalucista de los debates electorales de cara al 29N.
Según ha denunciado el propio portavoz de la formación, José Ignacio García, en redes sociales, ambos grupos entienden que al no tener representación actualmente en el Congreso, esta formación queda automáticamente fuera de los debates. "Resulta que a PP y Vox no les vale con que hayamos sacado ocho diputados, con que casi hayamos sacado un 10%, con que todas las encuestas digan que estaremos en el Congreso, con que seamos la primera fuerza a la izquierda del PSOE, con que hayamos superado a Vox en dos provincias. Nada de eso les vale, que no somos representativos", ha esbozado.
Adelante Andalucía esgrime que la ley ampara su capacidad para estar en esos debates. Citan para ello tres normas: el artículo 66 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), y dos resoluciones de la Junta Electoral Central (JEC), la del 4/2011 y la instrucción del 1/2015.
El artículo 66 es quien regula los principios que han de tener los medios de comunicación durante el proceso electoral. Establece que debe primar el pluralismo político y social, la igualdad y la proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates, entrevistas e informaciones electorales. La proporcionalidad se determina atendiendo a los resultados obtenidos por cada formación política en las últimas elecciones equivalentes. La instrucción 4/2011 es la que regula y fija las reglas específicas y, la última instrucción en este caso, la 1/2015, es a la que se ampara Adelante Andalucía.
PP y Vox se acogen a que Adelante Andalucía no obtuvo representación en las elecciones generales de 2023. Y, como no tiene representación, tampoco tiene cabida en los debates, en base a la citada proporcionalidad. Sin embargo, la instrucción 1/2015 modifica y complementa la normativa anterior, y expresa que: "Aquellas formaciones que, no habiendo concurrido u obtenido representación en las anteriores elecciones equivalentes, hayan logrado un porcentaje de voto igual o superior al 5% de los votos válidos en procesos electorales posteriores de ámbito territorial coincidente o superior" se le concederá la condición de grupo político significativo y, por tanto, la capacidad para tener esa presencia en los debates.
PP y VOX NOS QUIEREN ECHAR DE LOS DEBATES. https://t.co/9cZ141sq4w
— Jose Ignacio García ۞ (@joseigs_) November 5, 2026
Canal Sur ha enviado el Plan de cobertura a la Junta Electoral Central, que debe revisarlo y aprobarlo. Ahora, según recoge el citado artículo 66 de la Loreg, Adelante Andalucía tiene cinco días para recurrir esa decisión, algo que según ha adelantado el portavoz harán.
"¿Ustedes os parece normal esto? ¿De qué creen que ustedes tendrán miedo, PP y Vox? Un poquito raro, ¿no? ¿Qué es lo que no quieren que digamos en los debates? ¿Por qué quieren que no esté adelante Andalucía? ¡Curioso! Señores del PP y Vox que dirigen Canal Sur, tengo una mala noticia para ustedes. No quieren adelante Andalucía, pues toma dos tazas. Si no queréis andalucismo, pues vais a tener el triple. Vamos a recurrir, evidentemente, pero incluso si al final tampoco os consiguieramos estar, no preocuparos que no nos vais a callar la boca", ha expresado.
RTVA defiende su cobertura
Por su parte, RTVA ha reconocido dentro de su plan de cobertura a Adelante Andalucía como grupo significativo "al obtener al menos un 5% del total de los votos válidos en otros procesos electorales recientes". Sin embargo, desde la entidad han defendido que dicha condición "no otorga derecho a la participación en los debates y entrevistas contemplados en el Plan de Cobertura Electoral".
"Según una reiterada doctrina de la Junta Electoral Central (entre otros, Acuerdo 221/2023 de 18 de mayo) limitar la participación en debates y entrevistas a las fuerzas que obtuvieron representación en las anteriores elecciones equivalentes es un criterio objetivo y proporcional que no vulnera el artículo 66 de la LOREG", ha señalado RTVA en un comunicado remitido a Europa Press.
Asimismo, ha asegurado que el Plan de Cobertura Electoral recoge el derecho de Adelante a "aparecer en los bloques de información electoral, que serán ampliados para recoger la actividad de campaña de este grupo, si bien el tiempo dedicado a estas informaciones no podrá ser igual o superior al tiempo dedicado a las candidaturas que tengan reconocida la condición de representativas".
"El Plan de Cobertura se ha realizado aplicando criterios objetivos, contrastados y avalados repetidamente por las Juntas Electorales", ha remarcado.
"El Plan de Cobertura Electoral de la RTVA pondera el principio de pluralismo garantizando una cobertura reforzada en los bloques informativos a los grupos significativos, entre los que se encuentra Adelante, y se ajusta estrictamente a los principios de pluralismo político, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa exigidos por el artículo 66.1 de la Ley Orgánica 571985, de 19 de junio, del Régimen Electoral general (LOREG) y desarrollados por la instrucción 4/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central", ha concluido.




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