La ‘pistola humeante’ de la Fiscalía en el juicio de los ERE recuerda un poco a aquella que dijo haber encontrado el secretario de Estado norteamericano Colin Powell para justificar la invasión de Irak. La expresión ‘pistola humeante’ alude, como se sabe, a una prueba irrefutable en una investigación judicial o política.

Las transferencias de financiación (TF) como arma de corrupción masiva serían el equivalente de las armas de destrucción masiva de la Administración Bush: la prueba supuestamente irrefutable de que la Presidencia de la Junta y las consejerías de Hacienda, Empleo y Presidencia urdieron un sistema ilegal para pagar ayudas sociolaborales que, milagrosamente, logró eludir durante diez años los radares del Parlamento, la Cámara de Cuentas, el Gabinete Jurídico de la Junta y la Intervención General.

Una Intervención General que, no menos increíblemente, después de advertir graves irregularidades –no ilegalidades– en el procedimiento de concesión de las ayudas, habría mirado hacia otro lado cometiendo ella misma prevaricación y permitiendo una malversación de cientos de millones de euros de la que nunca sospechó.

Duelo de peritos

Fueron los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) quienes pusieron a la juez instructora Mercedes Alaya sobre la pista de las TF al interpretar que esas transferencias de fondos al IFA para que este pagara las ayudas que concedía la Dirección General de Empleo eran una astutísima argucia presupuestaria ideada por el Gobierno andaluz para eludir la fiscalización previa de las ayudas.

Sin embargo, lo cierto es que en las sucesivas Leyes de Presupuestos figuraba año tras año una partida con epígrafes tan explícitos como “Programa 31L para el mantenimiento del empleo y el tejido productivo andaluz (…) para lo cual se realizarán transferencias en aplicación del concierto de ayudas a empresas” (Ley de Presupuestos de 2006). La paradoja se ha planteado una y otra vez en el juicio: ¿puede contener ilegalidades una ley?

A lo largo de más de una veintena de sesiones de la vista oral, los peritos judiciales y los peritos de las defensas libraron una encarnizada batalla dialéctica para convencer al tribunal de sus tesis, diametralmente contrarias, sobre cuál es el uso correcto de las TF. Obviamente, no hubo consenso. Sería muy comprometido conjeturar a cuál de las dos partes ha creído el tribunal.

Prevaricar no es fácil

No es improbable, además, que, tratándose de jueces especializados en lo penal y no en lo contencioso-administrativo, tuvieran ellos mismos dificultades para seguir el hilo argumental de los peritos, dado lo abstruso del asunto.

En todo caso, la propia intensidad del debate y la solidez de los argumentos aportados por unos y otros especialistas podrían debilitar seriamente la acusación de prevaricación, un delito cuya comisión requiere un desprecio absoluto y deliberado de la ley

En el juicio tampoco ha quedado demostrado inequívocamente que el uso de las TF, además de no ser obstáculo para el control financiero posterior a la concesión, impidiera la fiscalización previa de las ayudas.

El adverbio ‘inequívocamente’ es oportuno no solo porque, como en todo proceso, en el de los ERE opera el ‘in dubio pro reo’, sino porque la prevaricación entraña “una contradicción patente, notoria e incuestionable con el orden jurídico”, según jurisprudencia del Tribunal Supremo citada en el juicio.

¿Dónde está el botín?

Otra de las particularidades de este juicio es que ninguna instancia judicial se ha preocupado nunca de reclamar los 680 millones de euros –última cifra dada por la Fiscalía en su escrito de conclusiones definitivas– que todavía a día de hoy siguen percibiendo los más de 6.000 trabajadores –6.800 según varias defensas– beneficiarios de unas ayudas que jueza instructora, fiscales y acusaciones particulares consideran ilegales.

Y es que este de los ERE es un extraño juicio. A quienes no conocen a fondo el caso, que es la inmensa mayoría de la población, no resulta fácil explicarles las razones últimas de la conducta de unos ex altos cargos que se habrían jugado su carrera y su honor cometiendo gravísimos delitos sin obtener beneficio económico alguno: los beneficiarios de ese ‘crimen sin botín’ serían esos 6.000 trabajadores de empresas en crisis y, si acaso, quienes efectivamente pudieron defraudar dinero público al tramitar y gestionar determinadas ayudas concretas.

La tesis del clientelismo –mantenida por la juez Alaya y asumida por la acusación– como razón última de la conducta de los procesados es poco consistente, pues una de las peculiaridades del clientelismo es que puede practicarse –y de hecho se practica, pero no solo en Andalucía– sin necesidad alguna de delinquir. El clientelismo merecería, en todo caso, reproche político pero no penal.

La acusación sostiene que, en última instancia, los 21 procesados delinquieron para favorecer a sus amigos políticos y ganar elecciones, pero de nuevo se trata de una conjetura que las 152 sesiones del juicio ni siquiera han intentado probar.    

El embrollo

A ello se suma el embrollo procesal derivado del empeño de la Fiscalía en acusar de malversación de caudales a distintos procesados que, a su vez, están siendo excluidos por la Audiencia de Sevilla de las causas que se siguen por la concesión de cada una de las 270 ayudas en las que podría haberse cometido malversación. Al ser juzgados en el macroproceso por este delito, y no solo por el de prevaricación, no podrán ser procesados dos veces por lo mismo.

¿Se podría haber evitado tal embrollo? Según varias defensas, sí. Habría bastado con que la Fiscalía no hubiera añadido la acusación de malversación a la de prevaricación, pero entonces no habría podido solicitar cárcel para ninguno de los procesados, sino simplemente inhabilitación para cargo público, una pena de escaso impacto político y mediático.

El último ejemplo del lío judicial: recientemente la jueza María Núñez excluía al exdirector de Trabajo Javier Guerrero de la pieza separada que investiga la ayuda de 1,3 millones dada por la Junta para el ERE del restaurante sevillano Río Grande, en el que se incluyeron intrusos. ¿Por qué esa decisión? Porque la juez entiende que en la pieza política Guerrero y los otros 20 ex altos cargos están siendo juzgados no sólo por el diseño del sistema para dar las ayudas sino por la concesión y pago de las 270 ayudas otorgadas con ese sistema durante diez años.

¿Investigar lo ya juzgado?

Y es que otra de las muchas singularidades de la macrocausa de los ERE es que la justicia todavía sigue investigando aquello mismo que la propia justicia está ahora mismo juzgando.

No es la primera vez que ocurre tal cosa cuando se trata de causas complejas. Lo que ocurre menos es que donde una juez instructora veía indicios de gravísimos delitos, otra no vea absolutamente nada; lo que ocurre menos es que unos jueces estén juzgando a una serie de personas por tramitar y pagar determinadas ayudas cuya tramitación y pago otro juez considera ajustados a derecho.

La ejemplificación más reciente de ello es la pieza relativa a la empresa Fundiciones Gaetano, que recibió 3,6 millones de euros con los que la empresa prejubiló a un total de 38 trabajadores.

La juez María Núñez ha archivado la investigación de tales ayudas al entender que Fundiciones Gaetano era, en efecto, una empresa "en crisis” y, en consecuencia, “la ayuda sociolaboral se dio a trabajadores que reunían los requisitos para ser beneficiarios de estas ayudas". Por haber dado cobertura jurídica o haber consentido o tramitado ayudas similares a esa que Núñez considera impecable hay 21 ex altos cargos en el banquillo.