El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia por la que se condenó a cinco años de cárcel a Luis Eduardo R., exmarido de la vicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra, por, presuntamente, abusar sexualmente de una menor tutelada en el centro de menores donde el hombre trabajaba como cuidador.

Según adelanta Valencia Plaza, el tribunal ha anulado parcialmente el juicio y ordena repetirlo, más bien, completarlo por defectos de forma.

El tribunal admite el recurso del exmarido de Oltra

El tribunal ha estimado el recurso presentado por el despacho de abogados Bezeta Abogados, que ejerce la defensa del condenado y planteó que se había vulnerado el derecho de defensa y la presunción de inocencia del educador, pues existían dos informes periciales que exculpaban al condenado y que nunca llegaron a manos de la defensa ni del magistrado que instruyó la causa.

La abogada de la defensa alegó que "no tuvo conocimiento ninguna de las partes, ni el juzgado instructor, ni la sala enjuiciadora, ni lógicamente obraban unidos al procedimiento". Sin embargo, según la letrada, la Fiscalía "sí tenía conocimiento de su existencia".

El tribunal considera válida la actuación de la Audiencia Provincial que juzgó el caso y explica que la admisión del recurso no es "porque el órgano jurisdiccional haya violentado con sus decisiones las posibilidades defensivas del hoy recurrente, lo que indudablemente no ha ocurrido, sino porque el desconocimiento de la existencia de tales informes le ha supuesto a la parte una merma de garantías: le ha colocado en una posición expuesta al no lograr defenderse de forma completa. Su resistencia fue, pues, parcial e imperfecta y no precisamente por propia responsabilidad".

El tribunal tiene en cuenta los daños a la víctima

El TSJ admite que hacer volver a declarar a la víctima de los presuntos abusos sexuales agravaría su situación, por lo que decide que la nulidad no sea total, sino parcial. "Es sabido y conocido el efecto negativo que tiene en las víctimas que no alcanzan la mayoría de edad su paso por los tribunales", dice el tribunal.

En su escrito, el tribunal recuerda que la víctima ya sufrió los efectos del caso cuando la Policía autonómica la llevó esposada, mientras la menor lloraba hasta el momento de prestar su declaración.