La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha fallado a favor de Hermann Tertsch al considerar que los tuits del eurodiputado de Vox no son hechos constitutivos de delito penal alguno.

De tal forma, el Tribunal Supremo inadmitió la querella presentada por IU y Podemos contra el polémico miembro de la ultradercha en las que se le acusaba de presuntos delitos de provocación a la rebelión, amenazas al Gobierno y de odio por razón de ideología, en base a dos tuits que el eurodiputado publicó en enero de 2020.

El jueza indica que “la pretensión deducida no puede ser admitida, toda vez que los hechos relatados imputados a la persona aforada no presentan relevancia penal alguna, el mero recordatorio de un precepto constitucional no puede tener ese carácter, y la propia querella admite la existencia de meros indicios y no se acredita la relación del texto con los supuestos efectos de la provocación, en este caso un artículo de opinión en un medio de comunicación de alcance limitado”.

Además, la Sala apunta que “tampoco puede sostenerse que el texto publicado constituya un intento de amenazar al gobierno, pues no existe la conminación de un mal, sino más bien una opinión o un deseo sobre cuál debería ser la actuación de las Fuerzas Armas en una determinada situación de hecho en la pudiera verse afectada la integridad del territorio nacional”.

"En estos días parece que todos los cómplices de Zapatero desde el etarra Otegi a los comunistas Iglesias y Garzón se esfuerzan por hacer inevitable la aplicación del Articulo 8. para que las Fuerzas Armadas interrumpan un obvio proceso golpista de voladura de España como nación”, pedía Tertsch en el tuit en referencia al artículo de la Constitución que pide que las Fuerzas Armadas defiendan el orden.