La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la Fiscalía y tumba la concesión de semilibertad de la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell otorgada por el artículo 100.2 del reglamento penitenciario.

Los magistrados alegan "falta de justificación y desconexión con la reinserción" en el auto en el que se le concedió el 100.2. Sin embargo, esta resolución no tiene efectos prácticos para Forcadell, ya que recientemente le fue concedido el tercer grado.

La Sala establece también que los recursos de apelación sobre la aplicación del 100.2 a los presos debe resolverlos el tribunal sentenciador y que el recurso del fiscal tiene efectos suspensivos.

"No me sorprende"

La expresidenta del Parlament Carme Forcadell, condenada por sedición por el proceso soberanista, ha lamentado que el Tribunal Supremo revoque sus salidas en aplicación del artículo 100.2: "No me sorprende, de este tribunal no espero justicia, sé que es venganza".

En un apunte en Twitter este jueves recogido por Europa Press, Forcadell ha recalcado que la competencia sobre la aplicación de este artículo del Reglamento Penitenciario que permite salidas para trabajar o hacer voluntariado "es competencia" de la Audiencia Provincial y no del Supremo.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la Fiscalía y ha revocado a Forcadell la concesión del artículo 100.2, después de que el juzgado de Lleida lo elevara al tribunal sentenciador; sin embargo, esta resolución no tiene efectos prácticos para Forcadell, ya que recientemente le fue concedido el tercer grado.