Tres vecinos del municipio madrileño de Alcorcón se enfrentan a tres años y medio de cárcel por impedir el desahucio de una madre soltera y su hijo de cuatro años. Este jueves, comienza el juicio que atañe a los sucesos acaecidos el 20 de septiembre de 2019 y por los que la acusación, compuesta por varios efectivos de la Policía Nacional que participaron en el lanzamiento, pide un total de 42 meses de prisión para cada acusado y reclama multas e indemnizaciones por valor de miles de euros.  

El auto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, recoge la imputación de tres delitos que supuestamente se cometieron hace más de cuatro años frente al portal número 22 de la Avenida Portugal, ubicado en el centro del municipio madrileño. Allí se encontraban a primera hora de la mañana decenas de vecinos para evitar el desalojo de la madre soltera y varios miembros de una empresa de desokupación que pretendía participar del desalojo. El operativo policial no llegaría hasta las 10:00 horas, media hora antes que la comitiva judicial.

Los encausados defienden que en ningún momento hubo violencia ni hacia la policía ni hacia los miembros de la empresa de desokupación, que se personan en el juicio como testigos favorables a la acusación bajo el pseudónimo de “cerrajeros”, pese que en el momento de la carga los acusados aseguran que ya no se encontraban en el lugar. La defensa asegura que fueron increpados e insultados por los miembros de la empresa y que se limitaron a responder verbalmente desde la otra acera.

La policía estableció un cordón de separación entre ambas partes en el momento del intercambio de los improperios, según relatan testigos a este periódico, y posteriormente los miembros de la empresa desokupa se subieron a su furgoneta aparcada en la acera y se marcharon. Fue posteriormente cuando la policía decidió cargar contra los allí congregados. La actuación policial se saldó con dos detenidos y cuatro manifestantes que tuvieron que acudir al hospital para ser atendidos.

La defensa presenta como prueba un vídeo y varias fotografías, a parte de los correspondientes partes médicos, para denunciar que la única extralimitación que tuvo lugar ese día fue la atribuible a la policía. Además, en su momento interpusieron también una denuncia contra el operativo por abuso de poder, pero fue desestimada en primera instancia y, tras previo recurso, por la Audiencia Provincial, al entender ambos tribunales que la carga estaba justificada.

Delitos imputados

El primero de los delitos expuesto es el de Atentado, tipificado en el artículo 550 del Código Penal, y por el que les piden una pena de “18 meses de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena”. El citado artículo establece la comisión del delito para aquellas personas que “agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad”.

La defensa niega la mayor, asegurando que fueron los policías los que se extralimitaron en sus funciones y aseguran ser víctimas de un “montaje policial”. Para probar sus afirmaciones, los acusados presentan un vídeo en el que se ve la actuación policial. “Un policía con la defensa (porra) sujeta con las dos manos fue directo a la cara y le golpeó”, recoge la declaración de uno de los acusados.

Uno de los jóvenes encausados, que se ha entrevistado con este periódico, detalla que, en el momento que se produjo la carga policial, los ánimos de los allí presentes, entre los que primaban las personas mayores, niños y miembros de colectivos vecinales, eran de celebración tras la paralización del desahucio. “En ningún momento hubo una actitud amenazante ni agredimos a los policías”, confiesa, “estábamos super contentos y alegres y, de repente, llegó toda la acción policial sin que hubiese un ambiente hostil”.

El segundo delito que imputan a los tres acusados es el de Alteración del Orden Público, previsto en el artículo 557.1 del CP. En este se recoge que serán culpables de la alteración aquellos que “actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios alterando gravemente el funcionamiento efectivo de servicios esenciales en esos lugares”.

Por este cargo le piden a los tres acusados “dos años de prisión”, que sumados al otro cargo suman un total de tres años y medio (42 años y medio), e inhabilitación para el sufragio pasivo. Más allá de las penas de prisión, dos de las personas enjuiciadas se enfrentan también a un delito Leve de Lesiones, contemplado en el artículo 147.2 del CP, por el que les piden “dos meses de multa con una cuota diaria de 10 euros y la responsabilidad personal subsidiaria”. El coste de la multa asciende a los 600 euros por persona (dos meses de multa al orden de diez euros diarios).

A los cargos penales se añaden también indemnizaciones correspondientes por la responsabilidad civil: una indemnización de 400 euros a uno de los agentes por “la sanidad de sus lesiones”, que corresponde a una de las encausadas, y otras dos de 500 euros y 100 euros para dos agentes, correspondiente a otra acusada. Además, se pide que los tres denunciados deberán “indemnizar de forma solidaria” por valor de 222,64 euros al dueño de la autoescuela a la que se le rompió una de las lunas del establecimiento durante la carga.