El juez Juan Carlos Peinado se jubila esta semana después de lo que muchos han coincidido en calificar como “el último servicio” al Partido Popular (PP) y a la patria de bandera en la muñeca. El cuestionado magistrado se despide tras una vergonzante instrucción, iniciada con recortes de prensa falsos, que ha culminado con la apertura de juicio oral a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, quien se sentará frente a un jurado popular por los delitos de tráfico de influencias y malversación. Con el togado en el retiro, la pregunta es: ¿y ahora qué?
¿Qué juez se hará cargo del juicio?
Este lunes, Peinado firmaba la resolución de apertura de juicio oral, que también salpica a la a la asistente de Gómez, Cristina Álvarez, aunque tan solo por malversación. Un paso que, después de varios años de instrucción, no ha sorprendido a las partes. La Audiencia Provincial de Madrid, que en tantas ocasiones se ha visto obligada a corregir al juez, ha dejado que el proceso siga adelante, aunque retirando los delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida, y deberá elegir a una de las secciones penales que asumirá el caso.
Descontando la sección de Violencia sobre la Mujer y la XXIII, que ha sido la que ha guiado a Peinado y se considera influida por conocer el contenido del sumario y ser la responsable de resolver los recursos contra el juez instructor, la Audiencia Provincial de Madrid deberá elegir entre una de las doce secciones restantes. Este será el primer paso, tras el que se elegirá al magistrado que será el responsable de asumir la dirección del jurado y tomar las decisiones que vayan requiriéndose durante el proceso. Asimismo, redactará y firmará la futura sentencia.
¿Puede el juicio no celebrarse?
Conociendo los antecedentes judiciales y atendiendo a cómo se ha comportado la Audiencia Provincial de Madrid, parece poco probable que le juicio no llegue a producirse; pero esta es una posibilidad que está contemplada en la Ley de Jurado y que la defensa de Gómez intentará aprovechar. Las partes pueden plantear distintas cuestiones previas, como nulidades y alusiones a la vulneración de derechos, que deberán resolverse con antelación. Los abogados de la mujer del presidente del Gobierno han intentado frenar la causa en más de una ocasión con estos procederes y, ahora, podrían utilizar su última bala.
La principal tesis es el bochornoso escrito de acusación presentado por la asociación ultraderechista Hazte Oír, que el instructor decidido que liderasen a la acusación popular. Las conclusiones preliminares de los ultracatólicos no recogían los hechos punibles concretos, una exigencia recogida claramente en la legislación. Estos deben servir al presidente del tribunal para redactar el auto de hechos justificables y el objeto de veredicto que deberán valorar los miembros del jurado. Es decir, Peinado ha abierto juicio oral con un escrito defectuoso, lo que podría producir el cierre del caso al ser su autor la única acusación personada.
¿Cuáles son los plazos?
La Justicia suele llevar un ritmo lento para según qué causas, apoyándose en la saturación de algunos tribunales. Sin embargo, la celebración de este juicio no se espera que tarde más de un año en celebrarse. Atendiendo a los tiempos y recogiendo las múltiples casualidades judiciales vistas en los últimos años, es probable que coincida sorprendentemente con la celebración de algún proceso electoral. Algo más de suerte parece que tendrán Isabel Díaz Ayuso y el corrupto confeso de su novio (o expareja).
No obstante, los tiempos finales dependerán de lo que tarde el juez elegido en resolver las distintas cuestiones previas que aparezcan y en seleccionar las pruebas que serán presentadas al jurado. El Gobierno espera que el juicio no se produzca hasta que se superen las elecciones generales, que podrían ser adelantadas, si bien no descartan que se produzca entre las campañas electorales de los diferentes procesos.
Por el momento, el siguiente paso es que, en un plazo de diez días, la Fiscalía presente sus conclusiones provisionales, en las que ya ha adelantado que pedirá la absolución. Posteriormente, las partes tendrán otros 15 días para personarse ante la Audiencia Provincial de Madrid y llegará el momento de las cuestiones previas. A partir de ese momento, la velocidad del magistrado será la que marque cuándo se iniciará definitivamente el juicio.
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