El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado la pena de prisión de unos nueve años al violador de una menor de 13 años al considerar que la víctima aparentaba “no ser menor de 16 años”. Los magistrados sostienen que el violador “pudo razonablemente” pensar que la víctima tenía más años por su apriencia física y por ir acompañada de una joven de 17 años.
Los argumentos de la rebaja de la pena de 13 a 4 años y seis meses aseguran que además de la posible estimación del violador en cuanto la edad de la menor, un testigo aseguró que la víctima tendría “unos 20 años”.
Los hechos ocurrieron en un portal de madrugada, sobre las “1:30 horas”, donde la menor se encontraba “en un estado de embriaguez considerable”, según ha declarado la testigo. Después de la prueba de sangre ante la denuncia, el resultado fue de 1,36 gramos de alcohol por litro de sangre. Además, señalan que la menor se besó con el agresor y que llevaba tres preservativos que había comprado el mismo día de los hechos junto con su amiga, haciéndoselo saber al agresor.
“Es perfectamente asumible que, como alega la parte apelante, él mismo, dadas las repetidas circunstancias concurrentes en los hechos y en la menor a las que nos hemos referido, alcanzase un conocimiento equivocado o efectuase un juicio falso sobre la referida circunstancia del tipo, cuál es el conocimiento o racional presunción de que se trataba de una menor de 16 años y no se hubiese cuestionado que tenía o podía tener menos de la citada edad”, explica el Tribunal.
El TSJN considera probado, en una sentencia que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, que el violador, de unos 33 años, agredió a la menor en la noche del 16 al 17 de agosto, durante las fiestas de Burlada. Por su parte, la menor acudió acompañada de su amiga a la fiesta y consumió “una cantidad importante de bebidas alcohólicas”. Sobre la 1:30 horas, las chicas abandonaron el reciento ferial, dirigiéndose a la parada del autobús urbano para regresar a sus domicilios, donde se encontraron al hombre agresor con otros dos varones que le acompañaban, todos siendo mayores de edad. La menor empezó a hablar con ellos y según consta en la sentencia, se besó con el acusado, quien la agarró seguidamente llevándola al portal donde tuvo lugar el crimen, aprovechando que una vecina del inmueble había abierto la puerta. Una vez dentro, la menor le envió un mensaje de whatsapp a su amiga, diciéndole que le diera 10 minutos. Sin embargo, la víctima comenzó a agobiarse, diciéndole al hombre que quería irse, a lo que el agresor se lo negó agarrándole de la muñecas y “a tocarle los pechos”. Antes de que el condenado le empezara a violar, la joven le pidió ayuda sin exito, y el hombre inmediatamente le tapo la boca. La agresión sexual finalizado cuando el violador oyó un ruido en el portal y huyó en el momento.
Condena y medidas restrictivas para el acusado
El acusado se encuentra en prisión provisional desde el 26 de agosto, sin posibilidad de fianza. La Audiencia descartó que el hombre se viera afectado por el consumo de bebidas alcohólicas, ni se le acreditó ninguna patología o enfermedad que afecta a sus capacidades intelectuales. Además, descartó que hubiera cometido la agresión bajo la creencia de que el menor tenía más de 16 años.
Sin embargo, el TSJN, declara probado que “no quedó acreditado que el procesado conociese” que la víctima “era una menor de 16 años, ni que tuviese o debiese tener conciencia de la alta probabilidad de ello, ni sospecha o indiferencia al respecto”.
Al respecto, el instructor del atestado aseguró que una vecina en el momento que los agentes se personaron en el lugar de los hechos, les explicó que había visto entrar una pareja al portal, y que la joven tendría “unos 20 años”.
Finalmente, la sentencia recoge que el acusado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 10 años, y, además, deberá cumplir la libertad vigilada con posterioridad a la pena privativa de libertad, de siete años. En concepto de responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a la menor con 20.000 euros por el daño moral causado y con 225 euros por las lesiones.