El juez Juan Carlos Peinado, encargado de investigar a Begoña Gómez, ha rechazado los recursos que presentaron la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; la asesora de ella, Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés contra la decisión de que sean juzgados ante un tribunal del jurado.

Los investigados pidieron que la causa no debe seguir los cauces previstos para el Tribunal del Jurado, con lo que pidieron el sobreseimiento de las actuaciones al entender que no hay indicios racionales de la comisión de los hechos delictivos.

El togado, en su respuesta a las alegaciones previo paso por la Audiencia Provincial de Madrid, emite que “no pueden sino desestimarse las alegaciones formuladas en apoyo del recurso de reforma interpuesto contra el auto de 20 de marzo de 2026, que debe ser confirmado, excepto en lo referente al delito de intrusismo personal”. Este último, Peinado lo descartó en el mencionado auto de abril.

Frente a la queja de las defensas, el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid destaca que la ley del tribunal del jurado recoge que los delitos de tráfico de influencias y malversación deben sentenciarse ante nueve ciudadanos legos en Derechos.

Lo que defiende el juez, con mención a Fernando VII

En un auto dictado en las últimas horas, el magistrado vuelve también a incluir la polémica alusión a Fernando VII que ya hizo el 11 de abril. En aquel auto, hizo referencia al reinado del monarca para compara al Gobierno actual de España con un régimen absolutista.

Esta es seguramente la parte más llamativa del escrito, al que ha tenido acceso este periódico. El juez mantiene que "las conductas que provienen de palaciones presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado". En este sentido, contempla que "obliga a tratar de analizar (quizá hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII) este tipo desde la perspectiva de una investigación telcológica y hemenéutca de los -citados- artículos 428 y 429 del Código Penal".

En el escrito, el magistrado que ha imputado a Gómez por cuatro delites, hace hincapié en que hay “claros indicios de tráfico de influencias” y considera como elemento clave el vínculo matrimonial entre Sánchez y la acusada para favorecer sus negocios. Como ejemplo, se refiere a las reuniones que mantuvo en Moncloa con el rector de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), Joaquín Goyache, o con Barrabés.

Juan Carlos Peinado mantiene su posición por la “rapidez con la que fue tramitada la creación de la Cátedra , que el propio testigo, exvicerector de la UCM, Juan Carlos Doadrio resaltó” o la firma de cartas de apoyo a la UTE del empresario coincidiendo con la creación de la cátedra.

El escrito reza que “los hechos indiciariamente atribuidos a la investigada Begoña Gómez pudieron suponer que, desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto TSC, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional”.

Contrario a informes periciales o la Fiscalía

Por delitos que el juez atribuye a Gómez, en cuanto a la corrupción en los negocios en el sector privado, rechaza la tesis de las defensas de la imposibilidad de su comisión al señalar que el centro universitario es público porque la esposa de Sánchez, defiende el juez en su escrito, tenía “la intención” de apropiarse del software.

En cuanto a la apropiación indebida, señala que la mujer del presidente del Gobierno “actuó de facto como gestora principal del proyecto de la cátedra y el software, con capacidad de dirección e interlocución sobre recursos universitarios, aportaciones empresariales y desarrollo tecnológico”, lo cual, en opinión del juez, “pudo exceder ese ámbito desviando el activo hacia intereses propios en perjuicio de la UCM”.

En lo que respecta a la malversación, alude a las tareas de Álvarez, quien en las últimas horas negaba los delitos que se le imputaban, dejando claro que nunca desatendió sus obligaciones y que otras mujeres de presidentes del Gobierno dispusieron de asistentas.

Las explicaciones que Peinado da en sus escritos son contrarias a informes periciales presentados a modo de defensa sobre el funcionamiento de las cátedras universitarias en España o los argumentos esgrimidos por la Fiscalía. La propia Gómez, mientras tanto, sigue aportando datos que respaldarían su inocencia.

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