El magistrado que investigaba el conocido como caso niñera, que investigaba si la ministra de Igualdad,Irene Montero, utilizó como cuidadora de su hija pequeña durante la campaña electoral de 2019 a una empleada del partido que ahora es asesora del Ministerio, ha archivado el asunto ante la inexistencia de pruebas. el juez ha decretado un sobreseimiento libre, lo que indica que el caso se archiva por inexsistencia de delito.

Asevera el magistrado en su auto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, que: "No existen por tanto indicios de que Teresa Arévalo Caraballo, durante dichos dos años en los que dicha testigo trabajó personal y directamente para Irene Montero, se encargase del cuidado de sus hijos. Y del sólo hecho de que dicha investigada se desplazara en tren el día 20 de octubre de 2.019 a Alicante, para un acto electoral, desplazándose igualmente tanto Irene Montero como su hija Aitana Iglesias a dicha localidad para el fin indicado, no cabe inferir indicio alguno acreditativo de que el desplazamiento de dicha investigada lo fuera para el cuidado de la citada hija de Irene Montero, pudiéndose inferir que lo hizo en cumplimiento del cargo que tenía dentro del partido político en dicho momento".

La que fuera chófer, también aseveró que había una segunda persona que cuidaba de los hijo del matrimonio formado por Montero y el exlíder de Podemos, Pablo Iglesias, se trata de Gara Santana. Arevalo declaró que "era habitual que dicha persona fuera a su domicilio a cuidarles, situación que se mantuvo durante cuatro o cinco meses", y que "no sabía si cuidaba a los niños por la amistad que le unía a Irene Montero, pero que en todo caso estaba ocho o diez horas cada día, y que si bien nunca le vio cuidar de dichos niños, pues dicha testigo no entraba en el domicilio, sí tuvo conocimiento de que se encargaba del cuidado de los niños por los comentarios que le hacía cuando le llevaba en el vehículo".

Sin embargo, en su declaración, Gara Santana negó haber cuidado nunca de los niños. Es en ese momento del auto cuando el juez dice que "no puede obviarse" que Arévalo fue despedida de Podemos, "con lo que cabe apreciar que dicha testigo pueda albergar un cierto resentimiento respecto de dicho partido político y de sus dirigentes".

Y añade, en segundo lugar, que "conminada a que presentase los mensajes por Telegram que le fueron enviados por Pablo Iglesias e Irene Montero para recoger y llevar a Gara Dolores Santana Suárez a su domicilio, en cuanto hecho objetivo que adverara su declaración, lo cierto es que únicamente ha aportado un mensaje que le fue remitido el día 13 de octubre de 2.018, enviado por Pablo Iglesias a las 14:41:40 horas en el que le pedía que “subiera” a Gara cabe entender que a su domicilio".

Por todo lo anterior, el juez afirma que: "De lo anterior cabe por lo tanto inferir la inexistencia de prueba objetiva que advere la declaración de la testigo María Elena González, declaración ésta que por sí sola y por los motivos anteriormente expuestos no cabe erigirla en indicio racional suficiente acreditativo de que Gara Dolores Santana Suárez se dedicara durante cuatro o cinco meses al cuidado de los hijos de Irene Montero no obstante encontrarse percibiendo un sueldo proveniente de fondos públicos.