La Abogacía del Estado, en representación del delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, ha solicitado al juez Juan Carlos Peinado el archivo de la investigación abierta contra el alto cargo del Ejecutivo. En su escrito, niega que Martín Aguirre tuviera participación alguna en la designación de Cristina Álvarez como asesora de Begoña Gómez en el Palacio de la Moncloa y rechaza que, en caso de llegar a juicio, deba ser juzgado por un jurado popular por presunta malversación de fondos públicos.

El documento, al que ha tenido acceso Europa Press, fue presentado ante el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid y desarrolla los argumentos que la Abogacía ya adelantó en la vista celebrada el 27 de septiembre. En aquella sesión, el magistrado informó a las defensas de Gómez, de su asesora y del propio Martín Aguirre de que, si el caso llegara a juicio, serían juzgados por un jurado popular, integrado por ciudadanos en lugar de jueces profesionales.

Siguiendo la línea marcada por la Fiscalía, la Abogacía del Estado ha solicitado el sobreseimiento para Martín Aguirre en la pieza separada que investiga si hubo un uso indebido de dinero público en la contratación de Álvarez y en las funciones que habría desempeñado para la esposa del presidente del Gobierno.

Los servicios jurídicos del Estado subrayan que el delegado del Gobierno no intervino en el nombramiento de la asesora ni tuvo conocimiento alguno de posibles irregularidades. Según el escrito, “no intervino de ningún modo en dicho nombramiento”, ya que la designación de Álvarez se remonta a julio de 2018, cuando Martín Aguirre aún no ocupaba su actual cargo.

El texto recuerda que el nombramiento de Aguirre como secretario general de la Presidencia del Gobierno se produjo el 20 de julio de 2021, tres años después de los hechos investigados. “Por lo tanto, resulta incontrovertido que nuestro representado no tuvo participación ni conocimiento alguno en la decisión de contratar a Cristina Álvarez en 2018”, concluye la Abogacía, que considera “desvirtuada la única base” de su imputación.

“Absoluta ausencia de indicios”

En su argumentación, la Abogacía del Estado sostiene que la causa contra Martín Aguirre carece de fundamento fáctico y jurídico, al no existir indicios de delito ni pruebas que vinculen al delegado del Gobierno con ninguna desviación de fondos públicos. “Está plenamente justificado el sobreseimiento de la causa”, afirma el escrito, que insiste en la “absoluta ausencia de indicios de participación” de su representado.

El documento añade que “cualquier supuesta apariencia inicial de irregularidad ha quedado desmentida” por la documentación incorporada al procedimiento y por la doctrina del Tribunal Supremo. En este punto, recuerda que el Alto Tribunal ya rechazó la exposición razonada de Peinado que pedía investigar al ministro de Presidencia, Félix Bolaños, por presunta malversación en la designación de la misma asesora.

Este déficit probatorio es exactamente el mismo que afecta a la imputación de Martín Aguirre”, recalcan los servicios jurídicos, quienes subrayan que ni la querella ni las diligencias practicadas han aportado “elemento alguno que vincule personalmente” al delegado con “una eventual desviación de caudales o irregularidad en las funciones” de Álvarez.

Una imputación basada en su cargo jerárquico

La Abogacía del Estado reprocha al juez instructor que el relato incriminatorio contra Aguirre “descansa exclusivamente en su posición jerárquica” como secretario general de la Presidencia y no en hechos concretos. “No se señala actuación ni conocimiento imputable alguno”, añade el escrito, que critica que Peinado haya querido “suplir esa orfandad probatoria con conjeturas” derivadas del cargo público del investigado.

Según la defensa, el juez habría dado por hecho “por lógica y notoriedad” que Aguirre debía conocer las actividades de sus subordinados, “sin soporte en dato objetivo alguno”. Frente a ello, la Abogacía invoca el criterio del Tribunal Supremo, que ya advirtió en su decisión sobre Bolaños que la mera relación jerárquica “no permite inferir automáticamente participación o conocimiento” de un presunto delito de malversación.

En la última parte del escrito, la Abogacía del Estado respalda los argumentos de la Fiscalía, que sostuvo que Begoña Gómez “no ostenta la condición de funcionaria pública” y, por tanto, no puede ser sujeto activo de un delito de malversación. En cuanto a Cristina Álvarez, apunta que, pese a ser personal eventual, “se ha limitado a cumplir las funciones inherentes a su puesto de trabajo”.

Para los servicios jurídicos del Estado, “todo indica que la contratación de personal eventual para tareas de apoyo fue una decisión administrativa dentro del marco legal vigente”, con una finalidad institucional legítima: asistir en labores protocolarias y organizativas vinculadas a la esposa del presidente del Gobierno.

La Abogacía concluye que se trata de una práctica “absolutamente normal y habitual en todas las legislaturas” desde la entrada en vigor de la Constitución, y pide al juez Peinado que ponga fin a una causa que, a su juicio, carece de base probatoria y se sostiene únicamente sobre presunciones.

Síguenos en Google Discover y no te pierdas las noticias, vídeos y artículos más interesantes

Síguenos en Google Discover