La Fiscalía ha enviado un informe este viernes al Tribunal Supremo en el que muestra su apoyo a que se conceda el indulto parcial al exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz tras la condena a dos años de inhabilitación por la filtración de la confesión del empresario Alberto González Amador. De esta forma, el Ministerio Público solicita que se le perdone el tiempo que le resta por cumplir de la pena y considera que "la condena ha generado consecuencias extrapenales intensas y desproporcionadas".

En un escrito al que ha tenido acceso ElPlural.com, la teniente fiscal del Alto Tribunal, Ángeles Conde, subraya que la actuación de García Ortiz "tuvo como finalidad preservar el buen nombre de la institución". "Debe dejarse constancia de que la afectación a los derechos del proceso debido del perjudicado, en la propia sentencia se relativizan haciéndose hincapié de que el perjudicado conserva en plenitud su derecho a la presunción de inocencia y a la defensa", añade. Asimismo, la Fiscalía defiende que el ex fiscal general "asumió en todo momento la responsabilidad en la confección de la nota de prensa informativa que está en la base de su condena".

Sobre el indulto parcial, el Ministerio Público recoge en el escrito enviado al Supremo que este "tienes efectos limitados al mantenerse la condena penal, produciendo una minoración de la duración de la pena de inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado". Y añade: "Dicha minoración comporta, en exclusividad, el acortamiento de los plazos para la cancelación de los antecedentes penales con las consecuencias a ello inherentes en la vida civil y desarrollo profesional".

Este escrito de apoyo al indulto de la inhabilitación del ex fiscal general llega después de que el pasado mes de enero el Ministerio de Justicia activara el procedimiento para abordar las primera peticiones de indulto y solicitó al Supremo el informe preceptivo. Tras ello, el 25 de febrero el Alto Tribunal remitió a la Subdelegación del Gobierno su petición de informe de conducta -trámite obligatorio recogido en la ley del indulto de 1870- y cuya respuesta llegó el 21 de abril. 

El Supremo solicita un informe a la Fiscalía

Este jueves el Alto Tribunal solicitaba a la Fiscalía su informe sobre las peticiones de indulto presentadas a favor de García Ortiz. La normativa establece que, antes de pronunciarse, el tribunal debe recabar información sobre la conducta del condenado. En casos como este, en los que no existe pena privativa de libertad, el informe corresponde a la autoridad gubernativa de la provincia de residencia del penado. Una vez incorporado ese documento de la Subdelegación al expediente, el Supremo solicita también el criterio de la Fiscalía y de la parte perjudicada, que en este procedimiento es González Amador.

Con todo ello, será el Supremo el encargado de fijar una posición sobre la conveniencia o no del indulto. No obstante, cabe remarcar que su criterio no es vinculante porque la decisión final corresponde al Consejo de Ministros a propuesta del titular de Justicia, Félix Bolaños. Aun así, el informe del Alto Tribunal resulta determinante para calibrar el alcance de una eventual medida de gracia.

Precisamente ahí radica la principal diferencia entre el indulto total y el parcial. Mientras el primero exige el respaldo favorable del órgano sentenciador, el segundo podría concederse incluso con un informe contrario del Supremo. La legislación contempla como indulto parcial tanto la reducción de las penas impuestas como su sustitución por otras menos graves.

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