El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora que pasó horas hablando desde el teléfono de la oficina con una compañera de trabajo, que también fue despedida.

Los despidos de ambas trabajadoras fueron declarados procedentes por el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, pero sólo una de las mujeres decidió recurrir la resolución, que ahora ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia.

Según la sentencia, que adelanta el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en una nota de prensa, la empresa para la que trabajaban ambas mujeres abrió una investigación en septiembre de 2019 y comprobó que en 20 días laborables hablaron entre sí, por el teléfono fijo de la empresa, durante 11 horas y 47 minutos, con entre siete y ocho llamadas diarias.

En los 21 días laborables del mes de octubre de 2019, las trabajadoras  hablaron 14 horas y 45 minutos. En concreto, el 31 de octubre, hablaron durante 56 minutos; el 29 de octubre, 69 minutos yel 28 de octubre, 62 minutos.

Los empleados tienen prohibido hablar por teléfono

La sentencia recoge que la empresa en cuestión tiene prohibido a sus trabajadores usar los medios profesionales para fines privados y les ha advertido sobre la posibilidad de supervisión de su trabajo diario. Los empleados tampoco pueden usar sus teléfonos particulares en horario laboral.

La trabajadora que recurrió la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres alegó que se ha atentado contra sus derechos fundamentales a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, y violado los derechos a la igualdad y a la libertad sindical, dado que una de ellas es delegada sindical.

La Sala de lo Social, en cambio, afirma que han sido despedidas “por los incumplimientos contractuales que se le atribuyen en la carta de despido y que han sido acreditados por la empresa”.