Antonio Camacho ha enviado un recurso de súplica a la Audiencia Provincial de Madrid en el que solicita que resuelvan los recursos de apelación, tanto el suyo como el de la Fiscalía, antes del 30 de septiembre, fecha en la que la Audiencia había señalado la deliberación, votación y fallo de estos recursos. Asevera el abogado de Begoña Gómez que se están cometiendo "graves violaciones del Derecho de Defensa".
Así, asevera en su escrito, al que ha tenido acceso ElPlural.com, que "esta parte no puede dejar de poner en conocimiento de esta Sala las graves violaciones del Derecho de Defensa que, en nuestra opinión, se están produciendo no solo respecto de mi representada sino de todos los investigados en este procedimiento, dada la errática deriva procesal y material que está tomando el mismo. Y, desafortunadamente este es el único remedio que procesalmente nos cabe utilizar para intentar evitar irreparables daños en el Derecho de Defensa de los investigados".
Le explica Camacho a los magistrados que, aunque es conocedor de que la forma de rectificar los posibles errores de las resoluciones dictadas por los Juzgados de Instrucción son los recursos ante las Audiencias Provinciales, también es consciente que "una Justicia tardía puede producir daños irreparables en el Derecho de Defensa de los investigados. Y la actuación del Juzgado Instructor en pocas semanas está plagada de actuaciones que vulneran, entre otros el Derecho de Defensa de mi representada y el derecho a un proceso justo". Y hace un repaso de lo que tilda de "graves irregularidades".
Las irregularidades
Entre las irregularidades más palmarias que cita Camacho destancan, por ejemplo, que estando la causa declarada secreta totalmente, el juez Peinado dio traslado de la documentación presentada por los dos periodistas que declararon en primer lugar, así como del contenido de sus declaraciones, únicamente a la única acusación personada en ese momento: el Partido Político Vox, "en una violación grave patente y perfectamente documentada del secreto de las actuaciones".
También recuerda a la Audiencia que a dos testigos que declararon, por ello, con obligación de decir la verdad se les modificó su condición a investigados en unos pocos días, sin que "ni de su declaración ni de lo actuado existiera ningún dato concreto distinto a los que había en el momento que se recogió su declaración testifical, y sin que se justificara en el auto modificando su condición ese heterodoxo cambio de su situación procesal".
Obviamente hace referencia a cuando el juez pretendía interrogar a Begoña Gómez habiéndole notificado la ampliación de la querella en ese momento. Hecho que obligó finalmente a posponer esa declaración dos semanas. Asegura que se entera de las resoluciones por la prensa y no por el juzgado o que amenazó con detener a Begoña Gómez si no acudía a la declaración del empresario Juan Carlos Barrabés cuando la misma se iba a realizar como prueba preconstituida.
Resolución de los recursos
Una de las irregularidades que cita Camacho que adquiere ahora gran importancia es que, "en una parte importante de los casos los recursos de reforma se han empezado a tramitar una vez que las declaraciones habían sido efectuadas, haciendo con ello decaer el objeto de los recursos presentados y situándonos en un proceso en que los recursos decaen por que han de ser resueltos cuando la diligencia ya ha sido practicada. Eso es una anulación “de facto” del esencial sistema de recursos en el seno del Enjuiciamiento Penal".
Y esto es importante porque el recurso sobre la declaración de Pedro Sánchez no solo no ha sido resuelto, sino que según las propias acusaciones populares ni tan siquiera les han sido notificados cuando la declaración está prevista para el próximo martes. Así pues, o el juez contesta al escrito del presidente del Gobierno, que es extraprocesal, diciendo si finalmente puede declarar por escrito, o el próximo martes se montará un circo en Moncloa sin que se hayan resuelto los recursos.
Por último expone cómo el juez, pese al anterior auto de la Audiencia Provincial, ha seguido investigando hechos que los magistrados excluyeron de la causa, convirtiendo así el procedimiento en prospectivo. Además de que, pese a los múltiples escritos pidiendo que se circunscriba el objeto de la investigación, el juez ha seguido sin contestar más allá de respuestas genéricas. Unas respuestas que acreditarían que es prospectiva. Respuestas como que se investigan: "todos los actos, conductas y comportamientos, que se han llevado a cabo, por la investigada, desde que su esposo es el presidente del Gobierno de España que se contienen en la denuncia inicial".