Un inspector jefe de la Policía Nacional, jefe de una unidad de la UIP (antidisturbios), que además es el marido de la fundadora de Vox y presidenta de Gobierna-te, Cristina Seguí, ha sido condenado a tres meses de prisión por Juzgado de Lo Penal Número 3 de Benidorm como autor de un delito de atentado contra agente de la autoridad por agredir a dos policías locales de esta ciudad costera, además de ser considerado autor responsable de dos delitos leves de lesiones, con las mismas circunstancias, a las penas por cada delito leve de un mes de extensión de multa con la cuota diaria de 6 euros (180+180 euros).

Según explica la sentencia a la que ha tenido acceso ElPlural.com en exclusiva, los hechos sucedieron una noche cuando el marido de Seguí tuvo un incidente con un taxista que no quiso llevarle debido al estado en el que se encontraba. En el juicio, el conductor declaró que, el Policía Nacional, tuvo un “comportamiento irregular, descortés, violento, injustificado del que después pasó a ser acusado: insultos y "de todo", puñetazo en el capó del motor, hijo de puta, cabrón”. Ante tantos insultos, el hombre le dijo que iba a llamar a la Policía, a lo que el condenado le contestó que le “iban a llamar a él”. Fue entonces cuando llamó a los locales y se montó la bronca.

Le pegó a dos policías

El fallo dice que, una vez llegaron los dos policías locales, el ahora condenado “estando de asueto en días libres con dos compañeros de trabajo, yendo afectado por la previa ingesta de bebidas alcohólicas que le mermaba pero no anulaba sus capacidades cognitivas y volitivas, le requirieron para que se identificase, negándose el acusado en numerosas ocasiones, aduciendo que era inspector del Cuerpo Nacional de Policía en Valencia, e instando al agente de la Policía Local con el que se entrevistaba para que le diera su número de placa (cosa que se ve), mientras agitaba su teléfono móvil, hasta que chocó con la mano del agente de la Policía Local, cayendo éste al suelo”.

“En ese momento, el acusado, con ánimo de menoscabarlo físicamente y desconociendo el principio de autoridad se abalanzó con el agente de la Policía Local al que propinó un bofetón en la cara que también le hizo caer al suelo, momento en el que sus compañeros intervinieron para reducir al ahora acusado, empleando para ello la fuerza mínima imprescindible”, prosigue narrando la juez del caso.

Durante el juicio, las declaraciones de sus compañeros eran contrarias a lo que decían los policías locales, así como a lo que luego él declaró. Sin embargo, hay un vídeo grabado en el centro de salud donde el marido de Cristina Seguí admite haber pegado a los agentes.

Respecto de este vídeo, dice la juez: “En este caso de Benidorm si analizamos el vídeo, el después acusado mientras espera para ser visto por el médico de urgencias reconoció libremente haber pegado al uniformado sin que sea la respuesta a una pregunta previa y sin coacción, luego es válida por espontánea sin quiebra de derecho fundamental alguno”. Pero es más, añade su señoría que, “y si no valiera, tampoco es necesaria, se llega a esa acreditación prescindiendo de esa prueba”, y tipifica los hechos como “constitutivos de un delito de atentado contra agentes de la autoridad (pues los lesiona)”.

Seguí y la Justicia

Las malas noticias en materia judicial no dejan de llegar para la seudoperiodista de extrema derecha. De hecho, este pasado mes de diciembre, la sección de delitos de odio y discriminación de la Fiscalía Provincial de Valencia solicitaba una pena de cuatro años y medio de prisión para Cristina Seguí por la publicación y difusión del video de unas menores tras cometerse una presunta agresión sexual por parte de cinco adolescentes de entre 15 y 17 años en la localidad valenciana de Burjassot contra las niñas.  

El ministerio público atribuye a Cristina Seguí un delito contra la integridad moral y otro de descubrimiento y revelación de secretos con la circunstancia agravante de género. Junto a la pena de prisión, le reclama que se le prohíba acercarse o comunicarse con una de las menores del vídeo por tiempo de cinco años y a una distancia de 500 metros, así como que acceda a la red social Twitter por el mismo tiempo.