La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de recabar todos los correos de su investigada, Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno central, en los últimos siete años hasta la fecha actual, es decir, desde 2018. Los jueces del tribunal consideran que el magistrado instructor debió redactar un auto con su motivación específica en vez de tomar esta decisión con una providencia.
En un auto, los jueces de la Audiencia de Madrid reprochan al juez Peinado que no haya razonado en detalle esta motivación y, al mismo tiempo, dejan anulada la orden de que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil elabore un informe sobre el contenido de estos correos.
Expresamente, los jueces del tribunal señalan que el magistrado instructor del caso Begoña Gómez “no hace mención a ninguno de los requisitos exigidos”, por lo que tachan de “medida carente de la justificación necesaria” para llevarse a cabo, incumpliendo al tiempo “los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad” que deben imperar.
Cabe recordar que el juez Peinado motivó esta vía de la investigación después de que a comienzos de agosto se dirigiese a la Presidencia del Gobierno para que aclarasen si la investigada contaba “con un correo electrónico oficial de @presidencia.gob.es”. “A la vista del oficio recibido por la Secretaría General de Presidencia del Gobierno con el informe adjunto de la Unidad de Tecnologías de la Información y las comunicaciones de la Presidencia del Gobierno, requiérase a la Secretaría General de Presidencia del Gobierno para que remita a este Juzgado copia de los correos (...) desde el día 11 de julio de 2018 hasta el día de la fecha. Y verificado, remítanse dichos correos a la UCO para su análisis", ordenó entonces el juez Peinado.
A vista de este telón de fondo, la Sala 23 de la Audiencia de Madrid recuerda que medidas de este calibre deben llevar consigo “las razones fácticas y jurídicas que apoyan la necesidad de tal intervención”, séase, los indicios que mueven la presunta existencia de “un hecho delictivo grave por una determinada persona”.
La Fiscalía se opuso
Cabe retroceder al pasado mes de septiembre, cuando la Fiscalía se opuso a la decisión del juez Peinado de recabar todos los correos de Gómez desde 2018 hasta las fechas que corren. El Ministerio Público, entonces, presentó un recurso de apelación contra la providencia del magistrado por afectar, según justificaron, “indudablemente” a la “intimidad y al secreto de las comunicaciones y, en definitiva, al derecho al entorno virtual de la persona afectada”.
En términos claros, la Fiscalía percibió que, con esta decisión, se verían afectados “derechos fundamentales constitucionalmente protegidos”, aduciendo a que la Audiencia de Madrid, ya entonces, advirtió que sobre estas decisiones se debería dictar a través de autos judiciales.
"¿Es proporcional atendiendo a los principios y criterios expuestos recabar y analizar todos los correos electrónicos enviados y recibidos? ¿Todos los correos están relacionados con el delito investigado? (...) ¿Qué estamos buscando con la adopción de esta medida?”, planteó la Fiscalía al respecto.
Pese a esta postura, a finales de septiembre, el juez Peinado persistió en su indagación ordenando a la Guardia Civil el análisis de los correos intercambiados por la asistente de Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, y el Instituto de Empresa (IE) a pesar de que el Ministerio Público no percibió indicios de presunto delito de malversación.