La Audiencia Nacional (AN) ha acordado que la Administración indemnice a Ignacio Stampa al considerar que se alargó de forma “innecesaria” una investigación en su contra. Este procedimiento le habría privado de conseguir una plaza en Anticorrupción a la que aspiraba.
El fiscal estaba siendo investigado por su presunta relación con una de las abogadas del partido Podemos en la pieza “Dina” del “caso Villarejo” . En una sentencia recogida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso – Administrativo estima en parte el recurso de Stampa, que apuntaba a presuntas irregularidades cometidas “por inspiración de la Fiscalía General del Estado” por interés de su entonces titular, Dolores Delgado, en apartarle de Anticorrupción y del conocido como “caso Villarejo”
Según Stampa, el “mantenimiento de la investigación previa, cuando estaba en trance de resolución el concurso a la Fiscalía Anticorrupción, en el que concurría como aspirante él, impidió que su expediente personal apareciera sin tacha". El fiscal acusaba en su recurso a la Fiscalía "de vicio de desviación de poder", solicitando una indemnización de 40.000 euros.
Daños a la moral de Ignacio Stampa
La Audiencia Nacional explica "Esto provoca un daño moral por las consecuencias que acarrea. El devenir de los acontecimientos arroja como resultado demora innecesaria, con daño para el interesado, que lógicamente quedó en entredicho (profesionalidad, fama, buen nombre, comportamiento ético, dolor y preocupación, etc.). Este daño aparece causalmente enlazado al funcionamiento de la Fiscalía y a la demora del expediente, que se solapó con el procedimiento de concurrencia para nombramiento discrecional de fiscales"
Para la Sala los miembros del Ministerio Público están sujetos a responsabilidad en el ejercicio de sus funciones y les corresponde un deber de sigilo. Sin embargo, aclara que dichas diligencias deben tener una duración razonable que se extienda hasta que se obtengan evidencias o se descarten las evidencias de la infracción estatutaria.
Por ello, la Audiencia Nacional concluye que "la duración innecesaria de las diligencias de investigación de referencia, con daño moral para el demandante, lleva a una indemnización por daño moral que la Sala fija prudencialmente en 4.000 euros".