El Juzgado de Instrucción número 2 de Ceuta ha autorizado a vacunar contra el coronavirus a una persona dependiente en contra de su voluntad, según han confirmado fuentes judiciales a la Televisión local. El hombre está bajo la tutela de un familiar directo, que sí está a favor del proceso de vacunación. 

Según la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días naturales desde la notificación, la persona cuya vacunación ha quedado autorizada mantenía un actitud negacionista que "se atribuye a falta de comprensión de la naturaleza y finalidad del tratamiento preventivo con resistencia a toda argumentación lógica".

"Prima la salud como derecho inalienable"

El deterioro cognitivo que padece esta persona "conlleva inhabilidad para comprender que ha de consentir o rechazar,  así como las consecuencias derivadas de su decisión". La persona que ejerce su tutela manifiesta estar de acuerdo "siendo la persona dependiente quien se opone, pese a haber intentado razonar", establece la sentencia.

Según recuerda el tribunal, la Ley de Autonomía del Paciente "mantiene el máximo respeto a la dignidad de la persona y a la libertad individual de un lado y del otro, declara que la organización sanitaria debe permitir garantizar la salud como derecho inalienable de la población mediante la estructura del Sistema Nacional de Salud".