A partir del viernes 30 de noviembre estará prohibido el acceso con vehículo propio no residente a la zona de Madrid comprendida desde Plaza de España y Gran Vía, hasta la Puerta de Toledo, Atocha y la Plaza de Colón.  Ese día entrará en funcionamiento el plan del Gobierno de Manuela Carmena que pretende dar prioridad a los peatones y disminuir las emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2) en un 40% en la capital.

Hay excepciones para aquellos vehículos de residentes en este área, para las personas con movilidad reducida, los invitados de los empadronados y para algunos colectivos especiales, distribución de mercancías y otros casos. Incluso las personas que no estén empadronadas en Madrid Central podrán acceder si es para dejar su coche en un parking. 

Los conductores que se salten la prohibición de acceder al centro de Madrid en coche no serán multados hasta marzo. A partir de enero a los infractores sólo les llegarán avisos informativos.

Vehículos que tienen prohibido el acceso 

La mayor parte de los madrileños podrán acceder al centro de la capital en transporte público, vehículos de empresas privadas de coches, motos y bicicletas eléctricas. El plan restringirá, además, el acceso a los coches y motos que no tengan etiqueta medioambiental de la DGT (vehículos de gasolina matriculados antes del 2000, y los de diésel de antes de 2006).

Si estás empadronado en la zona sí podrás seguir entrando, lo mismo si se trata de invitados de residentes. Será a partir de 2020 cuando los vehículos sin distintivo no podrán estacionar en las zonas SER (azules y verdes), excepto en su propio barrio. Según la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid, los vehículos sin etiqueta ambiental podrán circular por todo el término municipal (dentro de la M-30) excepto en Madrid Central hasta 2025. A partir de ese año, ya no podrán circular por Madrid.

El perímetro agrupará las cuatro Áreas de Prioridad Residencial (APR) actuales: Letras, Cortes, Embajadores y Ópera, pero añadirá otras zonas del centro, en las que no habrá calles de libre circulación y el perímetro lo determinan las rondas y los bulevares: las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Bilbao, Plaza de Alonso Martínez, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Toledo, Ronda de Segovia, Calle Bailén, Plaza de España y Calle Princesa.

El acceso y la libre circulación están restringidos en todo el perímetro de Madrid Central, con la excepción de los siguientes viales: calle Santa Cruz de Mercenado, desde calle Serrano Jover a calle Mártires de Alcalá; calle Mártires de Alcalá, desde Santa Cruz de Marcenado a calle Alberto Aguilera; avenida Gran Vía de San Francisco, calle Bailén, calle Algeciras, cuesta Ramón, calle Ventura Rodríguez (de calle Princesa a calle Duque de Liria); calle Duque de Liria (de calle Ventura Rodríguez a calle Princesa).

Los residentes dispondrán de permisos para sus invitados

En cuanto a los empradonados, dispondrán de 20 invitaciones de un día de vigencia al mes para sus invitados, que podrán acceder a la zona restringida y estacionar tanto en Servicio de Estacionamiento Regulado (zona verde) durante 2 horas máximo, como en un aparcamiento sin límite de tiempo. Las invitaciones tendrán que tramitarse a través de la web, la APP de Madrid Central (www.madrid.es) o Twitter, sistema que ya funciona con las actuales APR a través de mensajes directos por la red social.

La invitación que dan las personas empadronadas es para acceder a Madrid Central, sin límite de duración de la estancia. Una vez accedan, para lo cual tienen permiso, podrán estacionar donde estimen oportuno ('parking', garaje, SER…). En caso de que estacionen en una plaza SER en horario del SER, le aplicarán las reglas del SER, por lo que siendo todas las plazas verdes, podrá estacionar hasta un máximo de dos horas. Si estaciona en el SER fuera del horario regulado (sábados a partir de las 15:00 y festivos todo el día) podrá quedarse el vehículo estacionado el tiempo que precise hasta que comience de nuevo el horario regulado.

Familias con hijos en la zona restringida

Entre las excepciones en los accesos también se encuentran las familias que tengan a sus hijos en colegios de la zona regulada. y que podrán entrar en coche para dejarlos y recogerlos, pero para ello tendrán que notificar las matrículas de sus coches a los centros, que gestionarán las autorizaciones. En caso contrario, podrán ser multados.

Los propietarios de plazas de garaje que las tengan alquiladas deberán comunicar al Ayuntamiento la matrícula que hace uso de ese espacio de manera habitual. Por su parte, los usuarios de hoteles podrán circular por Madrid Central hasta el hotel y dejar el coche en el parking del mismo.

Etiquetas medioambientales

Los conductores estarán obligados a llevar puesta en sus coches la etiqueta medioambiental correspondiente desde el día 24 de abril, ya que el Ayuntamiento dará un margen de seis meses para que todos los coches se pongan al día. Existen cuatro tipos: B, C, CERO, para los eléctricos y ECO (híbridos).

Todos (invitaciones de residentes, cambios de matrícula...) se deberán hacer por vía telemática en el perfil del usuario de Madrid Central que se habilitará en www.madrid.es. 

VTC y Car2Go

Los taxis y VTC, como Cabify, Uber, podrán acceder libremente con distintivo ambiental hasta 2025 y a partir de ese año, solo podrán entrar en Madrid Central los vehículos CERO o ECO. Los VTC, por otra parte, tienen que pedir un permiso si tienen vehículos con etiqueta B o C.

Los Car2Go, Zity, eMov también deberán llevar la etiqueta medioambiental y solo podrán aparcar en el SER si es CERO o ECO. Si son C o B solo podrán acceder si hacen uso de un aparcamiento durante su tiempo de estancia.