Alberto Garzón, ministro de Consumo, ha detallado la última medida que se ha aprobado en el Consejo de Ministros y que compete a su departamento: el anteproyecto de Ley de la Atención al Cliente. Este martes también se ha aprobado el PERTE de Economía Social y de los Cuidados, dotado con 800 millones de euros. 

“Son servicios indispensables en el ámbito del consumo pero que, desgraciadamente, generan dolores de cabeza a las familias", comenzaba introduciendo el ministro. Debido a la lentitud de estos trámites, el usuario suele sufrir “pérdidas de tiempo, esfuerzo y dinero”, por lo que al final renuncia a estos soportes. La intención de Garzón es “poner freno a los abusos que se producen en las relaciones de consumo” y beneficiar así “al conjunto de la población”.

Plazos para reclamaciones, límite en las llamadas y atención personalizada

Tras introducir el anteproyecto, el titular de Consumo ha procedido a explicar algunos detalles de esta nueva ley. En primer lugar, las reclamaciones, quejas e incidencias hacia un servicio deberán resolverse en un plazo "no superior a 15 días", dando ejemplo así a los casos de los contratos de la gas, agua o electricidad. Matizando aún más, Garzón ha advertido: "No se podrá cortar el suministro a ninguna familia si hay una reclamación en curso".

En relación con las interminables y tediosas llamadas de atención al cliente, a partir de ahora el tiempo de espera será de máximo tres minutos. De la misma manera, la ley destaca que la empresa no podrá incluir “como medio exclusivo” un soporte robotizado, ya que tendrá que garantizar el servicio humano. Tampoco estará permitido el traspaso durante la llamada a un número de pago.

Por último, y teniendo la mirada fija en la población mayor de 65 años y las personas discapacitadas, “las empresas deberán adaptarse con servicios de mensajería instantánea o con lenguaje de signos”.

Grupos empresariales públicos y privados

Garzón también ha querido detallar que nadie queda exento de esta ley, ya que afecta a grupos empresariales públicos y privados que tengan relaciones con el consumo. Estos deberán cumplir los siguientes requisitos: tener más de 250 trabajadores o un volumen de negocio mayor de 50 millones de euros.

Las infracciones leves por o cumplir la norma serán de 150 a 10.000 euros por cuatro veces el beneficio ilícito; mientras que las graves irán de 10.000 a 100.000 o de cuatro o seis veces el beneficio ilícito.