Más madera contra Luis Rubiales. La Comisión Disciplinaria de la FIFA ha castigado la conducta del expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) con tres años de inhabilitación. Así lo determina la resolución del expediente abierto el pasado 24 de agosto, después de que el de Motril besara sin consentimiento a Jenni Hermoso durante la celebración de la Copa del Mundo tras vencer a Inglaterra en la final. De este modo, el máximo órgano rector del fútbol a nivel mundial suspende al exdirigente de todas las actividades vinculadas con el fútbol a escala nacional e internacional, al entender que vulneró con su comportamiento el artículo 13 del Código.

La FIFA ha decidido inhabilitar al expresidente de la RFEF durante tres años para el ejercicio de toda actividad relacionada con el fútbol a nivel nacional e internacional. Así lo ha dictaminado la Comisión Disciplinaria tras el expediente abierto el pasado mes de agosto, a colación del beso no consentido a Jenni Hermoso tras la consecución del primer Mundial del fútbol femenino español. El dictamen del organismo impide a Luis Rubiales, por tanto, ser presidente de la Federación habida cuenta del régimen electoral del Consejo Superior de Deportes (CSD). No obstante, la sentencia no es firme, pues el exfutbolista puede recurrir a la Comisión de Apelación del ente rector del fútbol a escala mundial.

La decisión de FIFA llega dos meses después de la conducta desplegada por Rubiales en la celebración del entorchado mundial en Sidney, tras besar en la boca a Jenni Hermoso sin consentimiento. Tras los hechos, el organismo abrió expediente disciplinario al hoy expresidente de la RFEF, aunque ya le suspendió de manera cautelar durante 90 de toda actividad relacionada con el fútbol. Una inhabilitación que ahora extiende a los próximos tres años, independientemente de que el granadino dimitiera de sus cargos tanto en la Federación como en la UEFA.

El escrito emitido por el ente precisa que la suspensión se ha puesto en conocimiento este jueves del propio Rubiales, quien en virtud de lo estipulado por el Código Disciplinario, dispone de diez días para solicitar “la decisión fundamentada”. En caso de existir, se publicará en legal.fifa.com de manera inmediata. Además, le transmiten que dispone de diez días para recurrir la decisión “ante la Comisión de Apelación” del organismo. En este sentido, reiteran “su compromiso absoluto de respetar y proteger la integridad de todas las personas”, así como de que “se respeten las normas básicas de la conducta cívica”.

FIFA basa su resolución en la aplicación del artículo 13 de su Código Disciplinario, el cual contempla sanciones para “toda persona que atente contra la dignidad o la integridad de un país, una persona o un colectivo de personas empleando palabras o acciones despectivas, discriminatorias o vejatorias (por el medio que sea) por motivos de raza, color de piel, origen étnico, nacional o social, género, discapacidad, orientación sexual, lengua, religión, posicionamiento político, poder adquisitivo, lugar de nacimiento o por cualquier otro estatus o razón”. Los tiempos de suspensión incluidos en el texto oscilan entre los diez partidos o un periodo determinado, amén de “cualquier otra medida disciplinaria adecuada”.

En este caso, la inhabilitación a Rubiales comporta la prohibición expresa de tener cualquier tipo de relación con la actividad futbolística federada. En otras palabras, el expresidente de la RFEF no podría ni organizar un partido ni ocupar ningún cargo, ya sea en federación o en club, durante un máximo de tres años.

Más problemas para ‘Rubi’

Ya no sólo es la inhabilitación de FIFA o el proceso judicial que inició la querella de Jenni Hermoso, amén de los otros escándalos durante su gestión al frente de la RFEF. El expresidente Rubiales está ahora en el ojo del huracán por un presunto delito de alzamiento de bienes. El presidente de la Plataforma 2030 contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada en el Fútbol, Gonzalo Azkarate, presentó una denuncia ante el Juzgado de Instrucción Decano de Madrid por el citado motivo y que se acumula junto a otras por supuestos delitos de tráfico de influencias, cohecho y malversación de caudales públicos.

El objeto de la denuncia de Azkarate es un ático situado en la calle Ferraz que el propio Rubiales habría vendido por un montante de 2,5 millones de euros. El denunciante considera que “de dichas causas penales, en su caso administrativas, se pueden derivar responsabilidades civiles muy importantes, lo que sin duda conoce Luis Rubiales en el momento de poner a la venta y finalmente vender el ático del que era propietario”. Estima el presidente de la plataforma que es “patente” que la venta del inmueble “pone en riesgo la realización efectiva de las responsabilidades civiles que resulten de los procedimientos penales en curso en los que es investigado”.

Así, recuerda en su denuncia que, en base al Código Penal, “el delito en cuestión castiga a quien se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores, a quien, con el mismo fin, realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un procedimiento o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo iniciado o de previsible iniciación”. En este sentido, se hace referencia a una sentencia del Tribunal Supremo, de la que extrae que es frecuente que el defraudador se adelante en conseguir un escenario de insolvencia ante inminencia de que los créditos venzan.