La Audiencia de Navarra ha embargado un piso a uno de los miembros de La Manada condenado por violencia grupal a una joven en los Sanfermines de 2016.

Se trata del exmilitar Alfonso Jesús Cabazuelo, quien disfrutaba de una vivienda en el barrio sevillano de Palmete por la que percibía una renta de 450 euros al mes. La víctima localizó el piso en 2023 y cuando la Justicia supo de su existencia tomó una decisión clara: embargarlo y sacarlo a subasta pública.

El inmueble fue tasado en 35.000 euros y vendido en una segunda subasta al mejor postor por 10.000 euros menos. Un hecho llamativo es que fue el padre de Cabezuelo el que lo compró de nuevo para pagar parte de la indemnización a la víctima. En otro orden de cosas, el piso estaba comprado desde 2009 y Cabezuelo lo tenía alquilado a dos mujeres desde febrero de 2021.

Indemnización de La Manada

El Tribunal Supremo condenó en 2019 a 15 años de prisión e indemnización solidaria de 100.000 euros a la víctima a los cinco miembros de La Manada por un delito continuado de violación con los agravantes concretos de trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas. Desde entonces, según informaciones que llegan de medios como El Periódico de España, los cinco se declararon insolventes y han ido haciendo pagos a la víctima desde la cárcel “de entre 20 y 50 euros al mes”.

Hay que explicar que una indemnización solidaria es la que obliga a cualquiera de los deudores -en este caso los cinco implicados- a abonarla sin necesidad de que se lleva a cabo a partes iguales. Hasta ahora solo se habían pagado 3.865 euros, mientras que quedarían unos 70.000 euros por pagar con la venta de la vivienda de Cabezuelo.

A finales de 2022, uno de los condenados por el que ha sido uno de los casos más mediáticos de los últimos años, Ángel Boza, solicitó la rebaja de su pena de prisión de 15 años a 13 años y 9 meses, tras la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí. No obstante, la Audiencia Provincial de Navarra rechazó llevar a cabo la rebaja al considerar que la misma pena que le impuso el Tribunal Supremo por la violación grupal se le podría imponer con la nueva ley.

El Supremo decide cómo aplicar el 'solo sí es sí'

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) celebra este miércoles una segunda sesión del Pleno monográfico destinado a fijar criterios sobre cómo aplicar la ley del solo sí es sí a las condenas firmes, después del intenso debate vivido en la jornada del martes, que deja un escenario "abierto" de cara a su reanudación. Hay que recordar que la normativa se reformó el pasado mes de abril con el voto en contra de Podemos.

Hasta ahora, los tribunales han oscilado entre aplicar rebajas automáticas o mantener las penas antiguas allí donde ha sido posible. En términos técnicos, el debate jurídico se sitúa entre el artículo 2.2 del Código Penal (CP), que recoge el principio de retroactividad penal a favor de reo, y la disposición transitoria quinta del CP, que aboga por conservar las penas cuando sean imponibles con la nueva ley.El Pleno ha deliberado sobre esta dicotomía, que se trata en realidad de un debate jurídico de larga data donde parte de la doctrina defiende que la citada disposición, incluida en el CP de 1995 --el llamado Código Penal de la democracia--, aunque se ha recogido en reformas posteriores, ha agotado su vigencia porque se pensó para un momento concreto, de transición entre códigos, a fin de evitar la revisión de miles de condenas.

No obstante, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, apostó por esta vía al indicar a los miembros del Ministerio Público que, "como regla general, no procederá la revisión de las condenas firmes cuando la pena impuesta también sea susceptible de imponerse con arreglo al nuevo marco legal", detallando que solo procedería revisar "cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer" con el 'solo sí es sí'.

De cara al Pleno, las fuentes apuntaban que el Supremo explora una vía intermedia que aboga por "reindividualizar" las penas. Esta tesis implicaría buscar siempre la opción más favorable al reo, porque así lo impone la ley, pero procurando que el castigo sea proporcional a la gravedad de los delitos cometidos, lo que daría un mayor margen a los tribunales para ajustar las condenas. el Supremo busca dar respuesta a un total de 29 recursos contra las revisiones de condenas firmes efectuadas por tribunales inferiores tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí' el pasado 7 de octubre.