Este jueves la Audiencia Provincial de Madrid confirmaba la decisión del juez Juan Carlos Peinado de enviar a juicio con jurado popular a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, aunque levantaba las medidas cautelares impuestas por el magistrado: la retirada del pasaporte, la prohibición de salir del país y la obligación de firmar cada quince días en sede judicial. A razón de ello, son muchos quienes han abordado la última resolución del juez Peinado y del tribunal, que, entre otras cosas, ha acordado archivar los presuntos delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida, por lo que únicamente se le juzgará por presunto tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

En esta línea, uno de los que se ha pronunciado al respecto es Diego López Garrido, catedrático emérito de Derecho Constitucional y letrado de las Cortes, quien, en un mensaje en redes, ha comparado el caso con las explicaciones que él daba en la universidad, poniendo de relieve uno de los principios básicos del Estado de Derecho. "El asunto Begoña Gómez me recuerda a mis explicaciones en la facultad sobre el Estado de Derecho. Su principio básico es que no se puede procesar a alguien en base a meras elucubraciones o imaginaciones, que es lo único que hay en ese asunto", ha espetado en un mensaje en su cuenta de X (antes Twitter).

 

El tribunal levanta las cautelares

En un auto conocido este jueves, el tribunal madrileño acuerda mantener el juicio con jurado contra Gómez, aunque lo hace de forma parcial, únicamente por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, ya que archiva otros dos de los que el juez Peinado le acusaba: corrupción en los negocios y apropiación indebida.

Los magistrados también avalan el juicio con jurado contra la asesora de la esposa de Sánchez, Cristina Álvarez, por un presunto delito de malversación y sólo en relación con el supuesto desvío del 'software' de la cátedra que codirigió Gómez en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), por lo que archivan para ella los otros tres delitos, los mismos que Gómez, que el juez le achacó.

Además, deciden apartar del juicio con jurado al empresario Juan Carlos Barrabés, el tercer imputado en la causa, acordando que contra él se siga la investigación en lo relativo "a la legalidad o ilegalidad de las adjudicaciones de los contratos públicos".

La Audiencia de Madrid señala que los "indicios" que existen sobre Gómez sitúan su participación en presunto tráfico de influencias cometido por particular tanto en la creación de la cátedra como en "la intermediación en favor de Barrabés", y supuesta malversación de patrimonio público tanto por el destino del 'software' como en "la utilización para fines privados de su asistente personal".

"No así del delito de apropiación indebida y el de administración desleal", que "se cometen sobre patrimonios privados y por personas que no tiene la condición de funcionarios públicos", mientras que en los casos de patrimonios públicos como el de la UCM es adecuada la figura de la malversación, precisa. "Tampoco consideramos que existan indicios respecto del delito de corrupción en los negocios", aduce.

Para los magistrados, "parece perfectamente verosímil sostener" que Gómez "logró el influjo desplegado desde su privilegiada posición de esposa del presidente del Gobierno, no solo para lograr la concesión de la cátedra, sino para hacerlo de forma casi inmediata y sin verificar un mínimo control sobre la consistencia del proyecto propuesto".

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