Las acusaciones populares de la supuesta mordida de 200.000 euros que el PP de Castilla-La Mancha recibió de la empresa Sacyr para financiar la campaña electoral de María Dolores de Cospedal en 2007, han presentado un recurso pidiendo la imputación del secretario del Ayuntamiento de Toledo, Jerónimo García, por entender que “existen motivos más que suficientes e indicios de criminalidad” para tomarle declaración “como investigado”, toda vez que el juez toledano que instruye el caso, Florencio Rodríguez, decidió en una reciente providencia desestimar la imputación del técnico municipal al que, sin embargo, señalan los exconcejales del PP investigados por la misma causa como responsable directo de sus decisiones políticas. De ahí la petición de las acusaciones representadas por la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE), Asociación Libre de Abogados (ALA), Ecologistas en Acción, Izquierda Unida, Federación Los Verdes y Asociación Observatori de Drets Humans (DESC).

Sobrecoste de once millones

Los recurrentes recuerdan al titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Toledo la existencia del “mal llamado protocolo que en términos generales supone al Ayuntamiento vía modificación del contrato un incremento de precio de más de once millones de euros”. Aún, es más, en el escrito, al que ha tenido acceso ELPLURAL.COM, las acusaciones populares señalan que dicho incremento “carece de justificación”, ya que debería haberse incorporado como precio de adjudicación a la oferta que se remitió, “y no se hizo por la adjudicataria del contrato”. Del mismo modo, entienden que no “procede la revisión de precios alguna y que no existe motivo legal que haga procedente el incremento de precio que se acuerda del contrato de adjudicación”, subrayando que no había transcurrido “ni cinco meses desde que dicha contratación se realiza”.

El secretario “no tenía tiempo”

El caso es que la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo decidió en mayo de 2007, un par de días antes de las elecciones municipales, ratificar el citado protocolo y darle valor ejecutivo y con plenos efectos una decisión que finalmente tuvo que asumir la siguiente corporación municipal por un valor de siete millones de euros. Y es aquí donde la acusación popular dice no entender que el secretario del municipal, “con su amplia experiencia y conocimientos jurídicos”, alegue en “sede judicial que no informó, aparte de por las prisas y por falta de tiempo (algo curioso para un incremento de precio de contrato de 11 millones de euros), por considerar que se trataba de un acuerdo de intenciones y que no vinculaba al Ayuntamiento en cuestión, como se ha demostrado en sentido contrario se produjo”, subrayan.

“Cooperador necesario”

Los abogados de la acusación popular echan mano de las declaraciones de los cinco exconcejales del PP imputados en la supuesta mordida de los 200.000 entregada al PP castellano-manchego por Sacyr a cambio de la concesión del servicio de recogida de basuras de la ciudad de Toledo, para responsabilizar al secretario del Ayuntamiento, todavía hoy en activo, de “falta de asesoramiento a sabiendas de saber que lo que no hacía era irregular y constitutivo de una arbitrariedad manifiesta”, que le “convierte en cooperador necesario en el delito de prevaricación administrativa que entendemos existe a todas luces”. Conclusión a la que llegan tras la declaración de los citados ediles que formaban parte de la Junta de Gobierno de 2007, que declararon como imputados el pasado 1 de marzo asegurando que aprobaron la concesión a Sacyr por “no tener informe negativo al respecto por pate del asesor jurídico, que es precisamente el secretario del Ayuntamiento, Jerónimo Martínez”, concretan.

“Actuación delictiva”

En el recurso, de diez páginas, las acusaciones se muestran firmes y seguras a la hora de asegurar que “el secretario del Ayuntamiento era perfectamente conocedor” de todo lo acontecido en la llamada supuesta “mordida de Cospedal”, y que con su actuación, “codecide y facilita la decisión final de ratificarse el protocolo” firmado el 21 de mayo de 2007 y ratificado por la Junta de Gobierno el 23 del mismo mes, “a sabiendas que se está acordando una modificación del precio sin seguirse el procedimiento legalmente establecido y que conlleva por tanto una actuación delictiva como él perfectamente conoce”. Los recurrentes mencionan el precedente jurídico recogido en una sentencia del Tribunal Supremo (597/2014) que habla de la figura del cooperador necesario en el delito de prevaricación “y que puede trasladarse de manera fiel a D. Jerónimo en su actuar que no puede en ningún caso considerarse un acto neutral”, concluyen.