La polémica sacude la campaña de Macarena Olona. Según ha desvelado la Cadena SER, la candidata de Vox a la Junta de Andalucía en las elecciones del próximo 19 de junio, se empadronó ex profeso en Salobreña (Granada) el pasado 5 de noviembre para poder concurrir a los comicios autonómicos. Una maniobra que juega con las lagunas legales y sobre la que algunos profesores de Derecho Constitucional admiten tener reservas.

Olona nació en Alicante, pero es diputada de la formación ultraderechista por Granada, tierra a la que no tiene arraigo alguno. Para obtener un escaño en el Congreso no es necesario estar empadronado en el territorio al que representarías, no obstante, sí es condición sine qua non para ser candidata autonómica.

"No puedo decir que ella esté aquí regularmente porque estaría mintiendo", dice el presidente de Vox Granada

Cabe recordar que este episodio pilló por sorpresa a Toni Cantó, quien pretendía integrar las listas de Isabel Díaz Ayuso en la Comunidad de Madrid en un nuevo ejercicio de transfuguismo que no se completó dado que no llegó a tiempo para empadronarse. Debía figurar en el censo y su maniobra se realizó fuera del plazo legal. Olona ha sido más precisa y lleva ya cinco meses, por lo que el argumentario de Santiago Abascal de que en Vox no eligen candidato hasta que se convocan elecciones es una falacia de proporciones bíblicas.

La vivienda ni es suya ni la tiene alquilada

La alicantina, según la SER, no es la propietaria de la casa en la que declaró residir. Y tampoco ha firmado un contrato de arrendamiento con el dueño, que es Manuel Martín Montero, presidente de Vox en Granada y concejal del municipio.

En declaraciones a la antecitada cadena de radio, Martín Montero explica que les une una buena “amistad” y que ambos comparte el piso aunque no es la vivienda habitual de Olona. "No puedo decir que ella esté aquí regularmente porque estaría mintiendo", confiesa; y añade; “ella viene a veces, en vacaciones, porque obviamente trabaja en Madrid. Cuando viene, yo le cedo la parte de arriba de la casa y yo me quedo en la de abajo".

El concejal de Vox explica que Olona acudió a Salobreña para “buscar un lugar donde empadronarse” y, por la confianza que tienen, “ni se ha firmado contrato de arrendamiento" ni media entre ellos "intercambio de dinero alguno".

Lagunas legales

La SER recoge testimonios de varios expertos que censuran que el asunto es “legalmente resbaladizo” porque es evidente que se trata de un empadronamiento instrumental y estos casos suelen ser difíciles de demostrar.

El artículo 15 de la Ley de Bases de Régimen Local explicita que "toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año". Asimismo, el Real Decreto 2612/1996 mandata lo mismo. "A efectos jurídicos la Ley establece un criterio. El espíritu es ese. Ahora bien, los ayuntamientos pueden establecer distintos requisitos y a efectos prácticos este obstáculo se puede salvar”, asegura a la SER Miguel Ángel Presno Linera. Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo. “Es difícil poder demostrar administrativamente que un domicilio no es el habitual”, añade.

“No podemos olvidar que el espíritu del legislador es en origen evitar que se produzcan precisamente situaciones en las que quienes votan o se presentan no tengan ninguna vinculación con el territorio”, recuerda Óscar Sánchez Muñoz, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid.

Carlos Fernández Esquer, profesor de Derecho Constitucional de la UNED señala también que “es complicado demostrar una utilización instrumental del empadronamiento con fines electorales ya que, el interesado siempre alegará que su intención es residir allí desde ese momento. A eso se suma que el Tribunal Constitucional reivindica siempre una interpretación del ordenamiento jurídico lo más favorable posible al ejercicio de derechos políticos como son los de sufragio activo y pasivo”.