El Gobierno ha elaborado una guía informativa con preguntas y respuestas sobre la situación de los españoles residentes en Reino Unido, o que quieran residir en este país, y sobre los trámites que deben seguir para mantener sus derechos después del Brexit.

El documento de cinco páginas, y difundido en la cuenta de Twitter del ministro de Asuntos Exteriores UE y Cooperación en funciones, Josep Borrell, pretende dar respuesta a las cuestiones fundamentales tanto en el escenario de un Brexit acordado como de un Brexit sin acuerdo.

Así, detalla las modalidades de residencia a las que podrán acogerse los españoles que ya residan en Reino Unido antes del Brexit, o los que deseen residir en el país después de la fecha de salida y resuelve dudas sobre reagrupación familiar, estancias largas fuera del país o asistencia sanitaria.

Entre otras cosas aclara que, haya o no acuerdo, los ciudadanos de la UE pueden entrar y salir del Reino Unido utilizando un Documento Nacional de Identidad o el pasaporte hasta el 31 de diciembre de 2020.

En cuanto a la asistencia sanitaria, quienes dispongan de residencia seguirán disfrutando de ella. En cambio, quienes estudien o visiten el país temporalmente deberán asumir los gastos sanitarios que generen a menos que para entonces haya un acuerdo en vigor sobre sanidad entre el Reino Unido y su país de procedencia o que les sea de aplicación alguna de las excepciones sobre tarifas por servicios sanitarios (accidente, urgencia o atención primaria).

En cuanto a las cualificaciones profesionales, en caso de una salida sin acuerdo que concederá el reconocimiento cuando este se solicite antes de la fecha del Brexit. Para los que lleguen después de esa fecha, el Reino Unido ha adoptado un sistema basado en la equivalencia de cualificaciones y "solo están obligadas a otorgar el reconocimiento a las titulaciones que sean comparables a los requisitos y estándares del Reino Unido en cuanto a alcance, nivel y contenido".

El documento también recuerda a quienes hayan conseguido la nacionalidad británica que, para no perder la española, tiene que declarar su voluntad de conservarla en un plazo de tres años desde la obtención de su nueva nacionalidad en el Consulado de su lugar de residencia.

Exteriores ha difundido este documento un día después de una nueva reunión técnica con una delegación británica en la que ambas partes intercambiaron "informaciones de interés para la adecuada preparación de cada país" para el Brexit, especialmente en el caso de una salida abrupta.

El Gobierno español, con todo, sigue considerando una salida acordada sería la mejor manera de preservar los intereses de los ciudadanos y de las empresas, de manera que sigue muy de cerca las conversaciones de los negociadores británicos con los europeos en busca de una solución, según informó este miércoles Exteriores.