La Sala Primera del Alto Tribunal emitía este jueves una resolución histórica en la que obligaba a los descendientes de Francisco Franco a devolver el Pazo de Meirás y que vuelva definitivamente a la titularidad estatal después de que el dictador se lo apropiara para su uso y disfrute personal. El procedimiento se siguió a instancia de la Abogacía del Estado, con la intervención de la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento y la Diputación de A Coruña y el Concello de Sada, contra los hermanos Martínez-Bordiú Franco. Un fallo adoptado por unanimidad que devuelve al patrimonio nacional un edificio histórico y que ratifica la resolución inicial de la Audiencia Provincial, que impone a los Martínez-Bordiú Franco la devolución del inmueble, pero reconoce su derecho a ser indemnizados por los gastos necesarios y útiles realizados en el inmueble durante el tiempo de su posesión, puesto que "no habían sido poseedores de mala fe". Una sentencia que abre un nuevo capítulo en la historia de esta edificación catalogada como Bien de Interés Cultural y que tiene diferentes ramificaciones históricas y judiciales en las que conviene detenerse.

También conocidas como Torres de Meirás, este palacio se encuentra en el municipio de Sada, en la provincia de La Coruña (España), y su estado actual fue mandado construir por la escritora Emilia Pardo Bazán. Tras el final de la Guerra Civil, el inmueble fue usurpado y utilizado como residencia de verano por Francisco Franco hasta su fallecimiento. Fue heredado irregularmente por los Martínez-Bordiú Franco, y la polémica de su titularidad, extendida durante años, les llevó a intentar ponerlo a la venta en una operación que jamás llegó a concluirse.  El 2 de septiembre de 2020, el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Coruña dictaminó que el pazo pertenecía al Estado, declarando nula la "donación personal" realizada a Franco y a su familia al comienzo de la dictadura. Desde el 10 de diciembre de 2020, el inmueble dejó de estar en manos de la familia Franco para integrarse en el patrimonio estatal.

Aunque su apariencia pueda parecerse a a la de una edificación medieval, el edificio actual data de finales del siglo XIX, levantado sobre los restos de una antigua fortificación perteneciente a los Patiño de Bergondo desde el siglo XVI. Con el paso del tiempo, y a través de enlaces familiares, la propiedad fue pasando a manos de los Pardo de Lama y posteriormente de los Pardo Bazán. La construcción original fue destruida por las tropas francesas en 1809 durante la Guerra de la Independencia, y más tarde fue reconstruida por Miguel Pardo Bazán como residencia nobiliaria de la familia. Se trataba de una edificación modesta conocida como La Granja, orientada principalmente a la producción agropecuaria. Su propietario, influido por ideas liberales sobre la modernización agraria, buscaba mejorar los sistemas de explotación de los recursos naturales. Su hijo, José Pardo Bazán, continuó este proyecto impulsando el desarrollo agrícola del mismo. En la capilla del pazo se casó Emilia Pardo Bazán el 10 de julio de 1868. Tras la muerte de su padre heredó la propiedad y, entre 1893 y 1900, promovió la construcción del edificio actual, conocido desde entonces como las Torres de Meirás, con el objetivo de reforzar su prestigio social y el de su linaje aristocrático.

El 'Pazo del Caudillo'

Tras la muerte de Emilia Pardo Bazán en 1921 y el asesinato en 1936 de su hijo Jaime y de su nieto a manos de milicianos de la FAI, la propiedad pasó a manos de su hija Blanca Quiroga de Pardo Bazán y de Manuela Esteban-Collantes, viuda de Jaime. Ambas decidieron donar el pazo a la Compañía de Jesús, aunque establecieron una serie de condiciones que finalmente no fueron aceptadas por la orden religiosa.​

Durante la Guerra Civil, más concretamente el 3 de marzo de 1938, se creó la Junta pro Pazo del Caudillo, formada por el gobernador civil y varios alcaldes de la provincia de La Coruña, entre otras autoridades, con el objetivo de adquirir una propiedad representativa que pudiera ser ofrecida a Francisco Franco como residencia de verano. La compra se formalizó el 3 de agosto de ese mismo año, cuando la Junta adquirió el pazo por más de 400.000 pesetas a Manuela Esteban-Collantes, viuda de Jaime Quiroga de Pardo Bazán. Tras completarse la operación, la hija y heredera de Emilia Pardo Bazán no pudo acceder al inmueble y sus intentos por recuperar sus pertenencias resultaron infructuosos. La adquisición incluyó además el mobiliario, el legado literario de la escritora y aproximadamente tres hectáreas de terreno.

Más tarde se creó una comisión encargada de acondicionar el pazo y reunir los fondos necesarios para su mantenimiento, que se obtuvieron mediante donaciones forzosas, abusos y coacciones, como cuando la Junta pro Pazo del Caudillo solicitó por carta a los alcaldes que organizasen comisiones locales destinadas a visitar personalmente a los vecinos para animarlos a colaborar, con el argumento de que nadie debía sentirse excluido de participar con "su grano de arena" en la adquisición. Tras la muerte de Franco, fue heredado por sus descendientes llegando hasta el litigio judicial que ahora conocemos

La batalla en los tribunales

En los recursos interpuestos ante el Tribunal Supremo por ambas partes ya no se discutía que los títulos jurídicos en los que se había fundado la propiedad del dictador Francisco Franco Bahamonde (donación y compraventa) eran nulos. Las cuestiones sometidas a consideración de la Sala, resumida y fundamentalmente, se referían a la adquisición del Pazo por el Estado por prescripción adquisitiva o usurpación, dado su destino a servicio público de la jefatura del Estado durante más de treinta años; o por el contrario, la posible adquisición por usucapión por los herederos de Franco tras su fallecimiento; así como, si se considerase que el propietario era el Estado, si los hermanos Martínez- Bordiú debían ser indemnizados o no por los gastos necesarios y útiles realizados en la finca durante todos los años en que fueron poseedores.

La sentencia de la Sala reproduce el complejo relato de hechos históricos y jurídicos contenido en la sentencia de la Audiencia Provincial y a continuación examina los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación formulados por las partes. Respecto de los recursos interpuestos por los hermanos Martínez-Bordiú Franco, la Sala confirma la propiedad del Estado y concluye que desde 1938 el Pazo estuvo destinado al servicio de la jefatura del Estado, como una dependencia similar al Palacio del Pardo, por lo que sus moradores no pudieron poseer la finca en concepto de dueños, como mínimo hasta la década de años 90 del siglo XX, en que dejó de prestarse todo tipo de servicio por la administración, por lo que no ha transcurrido el plazo legal de treinta años para poder adquirir la propiedad por esta vía. Además, considera que no concurren los requisitos para que pudiera apreciarse que hubiera una desafectación tácita que despojara al inmueble de ese carácter de bien de dominio público.

La indemnización de salida fue propuesta por la Xunta de Feijóo

El giro de guión más sorprendente de este procedimiento ha venido al conocerse que el Estado deberá indemnizar a los herederos y que ese fallo, según elDiario.es, alude a un informe encargado y elaborado por la Xunta de Alberto Núñez Feijóo.

En su larga estancia al frente del Gobierno gallego, Feijóo encargó un informe a una comisión de expertos conformada por representantes de diferentes estratos, entre los que se hallaban también emisarios del Ayuntamiento de Sada. El consistorio, de hecho, fue uno de los impulsores de la tediosa batalla legal contra los Franco para devolver al Estado el BIC. La discusión, no obstante, se enquistaba, por lo que la delegación cercana al entonces presidente de la Xunta apostó por un camino que beneficiaba a la familia del dictador, proponiendo la indemnización a los herederos. Y así quedó reflejado en el cuarto apéndice del texto, exponiendo que para recuperar el pazo habría que abonar un millón de euros a los propietarios en concepto de gastos generados durante el tiempo que lo ocuparon desde el 20 de noviembre de 1975.

A juicio del Supremo en su sentencia, antes de la muerte del dictador, el Pazo de Meirás conformaba el servicio público de la Jefatura del Estado, como se ha explicado en líneas anteriores. Así lo recoge la sentencia del Alto Tribunal ahora, que da por bueno un informe en el que se ponía de manifiesto que los familiares de Franco habían ocupado "de buena fe" el palacio coruñés, sin hacer mención al cómo adquirieron dicha propiedad pero quedando reflejado que les llegó por herencia. Así, los tribunales aceptaron la vía de pagar por recuperar el Pazo de Meirás, ratificado ahora por el Supremo con una sentencia que apunta al informe de la Xunta de Feijóo como fundamental para el pequeño triunfo de los Franco. No obstante, en segunda instancia, otro tribunal apuntaba en esta dirección sin que el Gobierno de España manifestara su oposición en dicho momento. Una postura que, según el abogado del Ayuntamiento de Sada, Miguel Torres, en declaraciones al citado medio, no pretendía iniciar una "batalla frontal" con los herederos durante el proceso de recuperación para que éste llegara a buen puerto y "evitar problemas".

La Asociación de Memoria Histórica pide sancionar a los Franco

Por su parte, la Asociación para Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) considera que se debería ir más allá judicialmente contra los Franco. Contactada por este medio, la organización señala, en palabras de su presidente, Emilio Silva, que "lo que ha ocurrido es que han ocupado durante décadas un bien que no era de su propiedad y deberían ser sancionados por la ocupación y el uso de un recurso que no ha podido ser utilizado por el Estado y eso ha causado un perjuicio a las arcas públicas".

Por ello, la ARMH ha presentado por registro oficial una reclamación al Gobierno para que se impulsen "todas las medidas necesarias para que los descendientes del dictador Francisco Franco sean sancionados por la apropiación indebida de un bien público". Exigen, además que se recurra ante la decisión de la Sala Primera del Tribunal Supremo de indemnizar a la familia del dictador por "suponer una vulneración del honor de las víctimas de la dictadura porque las somete a la humillante situación de tener que indemnizar a través de los presupuestos del Estado a la familia del responsable de una terrible dictadura, que disfruta de una enorme fortuna construida sobre la violencia y la corrupción política".

"Todo eso ocurre en un país en el que miles de sus víctimas siguen desaparecidas después de haber sido asesinadas y sus familias jamás han sido indemnizadas por el Estado", explica Emilio Silva. "Indemnizar a la familia del dictador atenta contra el honor de las víctimas del franquismo y las somete a una situación humillante. ¿Alguien imagina que una víctima del terrorismo tuviera que indemnizar a la familia de un terrorista? El maltrato a las víctimas de la dictadura franquista no tiene límites y es perverso que tengan que indemnizar a través de sus impuestos a quienes disfrutan de una fortuna que tiene en su ADN inmensas violaciones de derechos humanos", sentencia Silva.

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