El jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, se opone a dejar en libertad provisional al que fuera secretario de organización del PSOE, Santos Cerdán, porque todavía podría “ocultar, alterar o destruir” pruebas relevantes para la investigación que se encuentra abierta en el Tribunal Supremo por el supuesto amaño de contratos públicos que también salpica al exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y a quien fuera asesor de éste segundo, Koldo García.

Sin embargo, el escrito, al que ha tenido acceso ElPlural.com, contiene un error de bulto, y es que indica que el protagonista de sus líneas “asumió la dirección de una organización criminal que, de manera concertada y coordinada con otros consiguió, desde su alto cargo en el PSOE, Secretario de Organización, penetrar en junio de 2018 en un Gobierno al que era ajeno, nada menos que en las entrañas del entonces denominado Ministerio de Fomento”.

El fallo reside en que el ex número tres del partido accedió a este cargo en 2021. Posiblemente, obedezca a un fallo de redacción, pero sea como fuere no se trata de una cuestión menor, dado que el documento le sitúa como ‘jefe’ de la trama a tenor de un puesto que, por aquel entonces, no desempeñaba.

Anticorrupción indica que este espacio -el Ministerio de Fomento- se corresponde con  “uno de los departamentos con mayor capacidad inversora” y que en él “establece desde el principio un eficaz y duradero sistema de cobro de comisiones por adjudicaciones públicas”. “Todo ello” lo ampararon, desprenden las líneas, conjuntamente él, Koldo y Ábalos.

El texto de Luzón, remitido a Leopoldo Puente, magistrado instructor del caso, pide que se rechace el recurso presentado por Cerdán contra su ingreso en prisión preventiva. Para ello, el fiscal se ciñe a la posibilidad de que, fuera de la cárcel, Cerdán podría siguiera “relacionándose” con los empresarios que presuntamente participaron del pago de mordidas.

En este sentido, Luzón advierte que “es precisamente el actual desconocimiento de las comunicaciones de Santos Cerdán con la parte activa de la corrupción y hasta la identidad y los detalles de sus relaciones con esta, lo que genera el apuntado riesgo de alteración y destrucción de pruebas”.

El documento también se refiere a los otros dos supuestos cabecillas de la trama corrupta que se han mencionado unas líneas más arriba “cuyas viviendas ya han sido registradas, sus dispositivos telefónicos e informáticos intervenidos y la investigación patrimonial concluida o prácticamente concluida”.

Con todo, el fiscal considera todavía más relevante para solicitar el encarcelamiento preventivo de Cerdán, el “específico papel” que habría desarrollado, siempre según el texto, en el ámbito de “la organización criminal”.

Rechaza los argumentos para evitar prisión

Uno de los argumentos esgrimidos por la defensa del que fuera número tres del exdirigente socialista para pedir su libertad era que los audios que le inculpaban se encontraban tergiversados, pero el fiscal ha rechazado esto.

Es cierto que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil admite que algunos pasajes con ininteligibles, pero Luzón se fija en “la suma de conversaciones”, la cual contempla una “univocidad incriminatoria” que “torna quimérica la tarea de interpretar los pasajes ignotos de manera que aporten a las conversaciones un significado diferente al que les atribuye la UCO y, en definitiva, cualquier oyente”.

En lo que se refiere a aspectos más concretos, el fiscal se refiere asimismo al contrato privado que la Benemérita halló en casa del empresario Joseba Antxón Alonso, a su vez dueño de Servinabar, según el cual, Cerdán compró en 2016 por 6.000 euros al 45% de esta sociedad que resultó clave al principio de la trama y bajo la que se han adjudicado varios de los contratos que ahora se encuentran bajo sospecha.

El documento ha generado controversia entre las partes. De un lado, la defensa de Cerdán se pronuncia sobre él como un “borrador de escritura”. Pero para el fiscal obedece a un “documento fechado, sellado y firmado en todas su páginas por comprador y vendedor denominado ‘escritura de compraventa de participaciones sociales’ que, en efecto, no se llegó a elevar a escritura pública”, aunque en su caso justifica que esto fue “para evitar el conocimiento por terceros de la participación de Santos Cerdán en una sociedad interesada en contrataciones públicas en las que el propio Santos iba a tener una intervención directa o indirecta”.

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