En Derecho hay principios que no admiten excepciones. Uno de ellos es el clásico pacta sunt servanda: lo pactado obliga. También en el diálogo social. Cuando los sindicatos alcanzamos acuerdos con el Ministerio de Trabajo, lo hacemos con el Gobierno de España. No con una parte de él, ni con un departamento concreto, ni con un solo partido de la coalición. Con el Gobierno. Y cuando lo acordado no se cumple, no se resiente solo una norma: se resiente la credibilidad institucional. Eso es lo que está hoy en juego con el real decreto de registro de jornada.

No es una cuestión técnica menor, sino un instrumento de prevención de riesgos laborales, como ha establecido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al interpretar la Directiva 2003/88 en conexión con la Directiva 89/391. El control del tiempo de trabajo es una exigencia directa de protección de la salud y seguridad.

El marco jurídico es claro. El artículo 6.1 a) de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales habilita su desarrollo reglamentario, y el artículo 40.2 de la Constitución obliga a garantizar la seguridad, la higiene y el descanso mediante la limitación de la jornada. A ello se suma el artículo 31 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que reconoce el derecho a condiciones de trabajo dignas y a la limitación del tiempo de trabajo. Sin un sistema objetivo, fiable, accesible y no manipulable de registro, ese derecho queda vacío. No hace falta inventar nada. Basta con aplicar el Derecho constitucional y europeo vigente.

Y, sin embargo, asistimos a una discusión enmarañada que solo retrasa la norma. Cuando se planteó por ley —en el proyecto de reducción de jornada, que ya incluía el refuerzo del registro— ni siquiera se debatió: fue bloqueado por las derechas con el argumento de la negociación colectiva. Cuando se evidencia que un registro fiable, digital, interoperable y no manipulable no puede garantizarse así —y menos aún si debe servir a la Inspección—, se afirma que no cabe por reglamento, que hace falta una ley. El resultado es un círculo perfecto: ni negociación colectiva, ni reglamento, ni ley.

Mientras tanto, quienes roban horas ganan tiempo. Y la partida.

Porque no nos engañemos: detrás de esta maraña hay intereses claros. Los de quienes imponen jornadas ilegales, deterioran la salud laboral y generan un perjuicio económico evidente, compitiendo además de forma desleal. Y en democracia no debería haber espacio para que el incumplimiento marque la agenda.

También en protección de datos conviene hablar claro. Las personas trabajadoras quieren que se conozcan sus registros, porque prueban que prolongan su jornada sin retribución y a costa de su salud. Quieren protección, sí, pero frente a quienes incumplen la ley. Quienes realmente parecen interesados en la “protección de datos” son los que imponen esas prácticas. Son los incumplidores los que buscan proteger su identidad para mantener su impunidad, seguir compitiendo deslealmente y continuar beneficiándose de un sistema que les permite apropiarse del trabajo ajeno sin coste.

Porque de eso estamos hablando: de más de 3.200 millones de euros al año que se hurtan a las personas trabajadoras, a la Seguridad Social y a la Hacienda pública. Esa es la realidad. Y esa es la urgencia. ¿O no es urgente evitar que esa cantidad siga perdiéndose por el sumidero de la impunidad?

El dictamen del Consejo de Estado, no vinculante, introduce dudas que no resisten un análisis jurídico riguroso. Ignora el fundamento europeo del registro de jornada, minimiza su conexión con la prevención de riesgos laborales y desplaza el foco hacia cuestiones accesorias. En la práctica, solo sirve para amparar a quienes incumplen la ley.

Lo que está en juego no es solo una norma: es la credibilidad del Gobierno. No puede quedar en entredicho por un dictamen que, lejos de proteger derechos, contribuye a debilitarlos.

El Gobierno debe decidir si cumple con su obligación constitucional y europea. Aprobar el real decreto, con los ajustes técnicos necesarios, pero sin alterar su esencia: garantizar un registro objetivo, fiable, accesible y no manipulable. Porque en Derecho —y en Europa— lo pactado obliga.

Y quizá, en estos días de Semana Santa, convenga recordar algo. El Jueves Santo todo parecía terminado, pero el domingo llegó la resurrección. También el real decreto de registro de jornada debe resucitar. Porque lo pactado obliga. Porque millones de personas trabajadoras han dicho basta. Y porque la sociedad no está dispuesta a seguir tolerando que se le engañe ni que se le hurten recursos que son imprescindibles, más aún en un contexto internacional marcado por la guerra y sus consecuencias económicas y sociales.

La ciudadanía espera que el Gobierno cumpla sus compromisos y proteja a las personas que trabajan aprobando, por fin, el real decreto. Es una cuestión de justicia social … y de coherencia.

Fernando Luján. Vicesecretario general de política sindical de UGT. Profesor de Derecho de Trabajo y SS. UAM

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