Juan Carlos Peinado ya ha entrado en la recta final de su carrera judicial. El magistrado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, nació el 27 de septiembre de 1954 y, tras haber prolongado su permanencia en activo, deberá retirarse como máximo al cumplir 72 años. La Ley Orgánica del Poder Judicial fija esa edad como tope para jueces y magistrados que hayan solicitado la prórroga. Traducido al calendario: su jubilación está prevista para el 27 de septiembre de 2026, salvo giro legal de última hora.

La fecha pesa especialmente por una razón política y judicial evidente. Peinado sigue al frente de la causa abierta contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, un procedimiento que ha ido ensanchándose desde abril de 2024 y que ahora atraviesa otro momento delicado. El juez ha vuelto a empujar la investigación hacia el tribunal del jurado, con cinco posibles delitos sobre la mesa —tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación, intrusismo y apropiación indebida—, pero las defensas han recurrido y la última palabra volverá a estar, una vez más, en la Audiencia Provincial de Madrid.

El calendario tampoco le da demasiado aire. La instrucción fue prorrogada en octubre de 2025 hasta el 16 de abril de 2026. Ese plazo está a la vuelta de la esquina. La ley le permite acordar una nueva ampliación de seis meses, lo que llevaría la causa hasta octubre. Ahí aparece el cuello de botella: una eventual prórroga dejaría parte del recorrido ya fuera del tiempo profesional de Peinado, porque para entonces el magistrado habría alcanzado la jubilación forzosa. Dicho de forma más simple: puede estirar el caso, pero no tiene garantizado ser quien lo remate.

Un relevo provisional y después la plaza

Si Peinado se marcha sin cerrar la investigación, el ‘caso Begoña’ no se detendrá. La causa seguirá viva en el mismo órgano judicial, aunque con otro instructor. El escenario que hoy se da por más probable en fuentes jurídicas es un relevo temporal mediante un juez sustituto voluntario, fórmula habitual para cubrir vacantes, ausencias o refuerzos. El propio CGPJ mantiene abiertas y actualizadas cada año las convocatorias de jueces sustitutos y magistrados suplentes en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Ese primer recambio no sería, en principio, el titular definitivo de la plaza. Lo normal es que el juzgado quede cubierto de manera transitoria mientras se tramita la adjudicación ordinaria del destino. Ahí entran los criterios clásicos de la carrera judicial: antigüedad, escalafón y méritos. Es decir, no se trataría de un nombramiento discrecional cocinado para una causa concreta, sino del mecanismo ordinario con el que se proveen este tipo de vacantes. Otra cosa es el ruido político que pueda acompañar a esa transición, sobre todo en una plaza tan expuesta como la número 41 de Madrid.

La consecuencia práctica es clara. Quien herede el juzgado puede encontrarse varios escenarios distintos sobre la mesa. Uno, una investigación ya cerrada por Peinado y pendiente de su recorrido hacia juicio. Dos, una causa todavía abierta, con recursos sin resolver y diligencias por completar. Tres, un procedimiento rehecho de nuevo por la Audiencia si vuelve a corregir parte del camino seguido por el instructor. Ninguna de esas hipótesis es menor. En una causa tan atravesada por recursos, nulidades y discusiones procesales, el relevo no sería un mero cambio de firma al pie de las resoluciones.

A día de hoy, Peinado intenta llegar a meta antes de que el calendario lo saque del tablero. Este mismo 1 de abril había citado a Begoña Gómez, a Cristina Álvarez y a Juan Carlos Barrabés para comunicarles de nuevo su decisión de encaminar la causa al jurado popular. No es un movimiento menor. Tampoco resuelve por sí solo el futuro del procedimiento. Las defensas sostienen que el juez vuelve a apoyarse en conjeturas y la Audiencia ya anuló un primer intento por falta de motivación suficiente. El margen que le queda al instructor existe, sí. El tiempo, bastante menos.

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